lunes, 24 de noviembre de 2014

En voluntades anticipadas, mejor un representante que un documento - DiarioMedico.com

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REGULACIÓN

En voluntades anticipadas, mejor un representante que un documento

"Es mucho mejor tener un interlocutor que un documento, que muchas veces describe escenarios distintos al que se acaba presentado y se rellena a base de casillas con sí y no que pueden arrojar respuestas no coherentes".
G.E. Madrid   |  24/11/2014 00:00
  

España cuenta con una regulación de las voluntades anticipadas desde 2003. La ley homóloga en Estados Unidos es de 1999. ¿Cuál es la experiencia clínica en el manejo de este tipo de documentos? Para Fins no hay duda: "Lo mejor para el paciente y el médico es que el primero nombre un representante. Es mucho mejor tener un interlocutor que un documento, que muchas veces describe escenarios distintos al que se acaba presentado y se rellena a base de casillas con  y no que pueden arrojar respuestas no coherentes".
Fins indica que "el paciente debe hacerlo bien al designar quién será su representante. Debe hablar con él sobre cómo afrontar una situación en la que no podrá expresarse personalmente. No es que vayan a lograr siempre una respuesta única o correcta, pero el gran error es no hablar. Si se sigue este proceso, el paciente se libra del miedo a no ser tratado adecuadamente. Si, además, el médico conoce al representante -que puede ser un familiar- antes de que se produzca la situación de incapacidad, podrán colaborar mejor".
Fins ha escrito un libro sobre la materia titulado Fidelity, wisdom and love, que "resume las tres condiciones del representante. Debe ser fiel a los deseos del paciente, pero actuar con sabiduría y amor, es decir, buscando siempre el mejor interés del paciente".

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