D. Carrasco. Madrid | 27/09/2017 13:27
El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Málaga ha condenado al seguro del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar a la familia de un paciente una indemnización de 90.705 euros, más los intereses legales por demorar un diagnóstico precoz, tras ingresar en Urgencias a causa de un accidente de tráfico.
La demanda presentada por Francisco Damián Vázquez, abogado que colabora con El Defensor del Paciente, explica que el enfermo falleció siete días después de haber sufrido un accidente de tráfico con una motocicleta por la deficiente asistencia sanitaria prestada. La gravedad del accidente le produjo un traumatismo torácico y múltiples contusiones. Fue ingresado en Urgencias de un hospital público malagueño. El cuadro médico le realizó arias radiografías con el diagnóstico de "dudosa fisura 6º arco costal izquierda". Se le dio el alta y se marchó a su domicilio. Al día siguiente ingresó de nuevo en Hospital con diagnóstico de: "Contusión pulmonar LII con pérdida de volumen (atelectasia), con probables excostales". Después de varios días y radiografía tórax, el cuadro médico se dio cuenta de que lo que el paciente tenía era fracturas costales, que no se diagnosticaron correctamente.
La sentencia indica que dichas fracturas se veían perfectamente en las radiografías desde el principio. Tras una TC, los servicios médicos del hospital observaron: "Fractura de múltiples arcos costales izquierdos (desde el segundo al séptimo y dudosa de la costilla número 11. Desplazamiento mediastínico hacia la izquierda. Enfisema subcutáneo izquierdo. Neumotórax anterior y apical izquierdo que ocupa un tercio del hemitórax. Contusión pulmonar de todo el lóbulo inferior izquierdo".
El fallo recrimina a los facultativos que las pruebas se podrían haber realizado con una antelación suficiente cuando ingresó en Urgencias y tardar seis días desde que fue atendido en dicho servicio y cinco después desde que entró en la UCI. De ahí, que el magistrado resalte la importancia del diagnóstico precoz y la intervención inmediata en la zona afectada mediante las técnicas médicas.
En este sentido, ante la mala evolución que tenía a la vista de las actuaciones clínicas que se estaban realizando (reposo y control) se le hubiera realizado pruebas más precisas como una TC, las probabilidades de que se hubiera curado podrían calificarse de altas, señala la sentencia. Por tanto, existe un nexo causal entre la asistencia sanitaria prestada y el óbito del paciente por shock cardiogénico.
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