jueves, 18 de enero de 2018

Rebajan la pena de cárcel a una enfermera por intentar proteger a sus nietos - DiarioMedico.com

Rebajan la pena de cárcel a una enfermera por intentar proteger a sus nietos - DiarioMedico.com



TRIBUNAL SUPREMO

Rebajan la pena de cárcel a una enfermera por intentar proteger a sus nietos

La Sala Penal del Supremo ha rebajado este jueves la pena de prisión a una enfermera que accedió a la historia clínica de su hija y yerno en la creencia de que actuaba ante un peligro inminente. La sentencia señala que actuó obcecada por la seguridad de sus nietos.
Redacción. Madrid   |  18/01/2018 14:57
 
 

El Tribunal Supremo ha rebajado a 2 años de prisión, 4 años de inhabilitación absoluta y multa de 1.080 euros la condena impuesta a una enfermera de un centro de salud de Cáceres que, obcecada por la seguridad de sus nietos, accedió a los historiales clínicos del padre de éstos y de su esposa, que eran anestesistas, para comprobar si tenían problemas de adicciones. La Sala Penal considera que "los estímulos tan poderosos por los que actuaba, no sólo no contrarían las normas socioculturales, sino que atienden a un bien normativo constitucionalizado como es el interés del menor. Además, actuó ante la creencia de un peligro inminente y constante, que justificó su actuación".

La Sala de lo Penal ha estimado el recurso de casación interpuesto por la condenada y ha anulado de forma parcial la sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres que le impuso una pena de 3 años y 8 meses de prisión, 5 años de inhabilitación y multa de 2.190 euros por dos delitos continuados de descubrimiento de secretos cometidos por funcionario público, con las atenuantes de obcecación y reparación del daño. Por el contrario, ha desestimado los recursos interpuestos por el matrimonio cuyos historiales consultó la enfermera sin permiso.

La sentencia recurrida consideró probado que la condenada, que era enfermera en un centro de salud, accedió en más de un centenar de ocasiones, desde 2011 y hasta 2015, al historial clínico del padre de sus nietos y de su esposa, que trabajaban como anestesistas en el Servicio Extremeño de Salud. Él tenía problemas de adicciones por las que estuvo de baja y de las que tuvo que ser tratado por el Equipo de Salud Mental.

Accedió a las historias clínicas

Todo ello generó en la acusada una intensa preocupación por el bienestar de sus nietoscuando se encontraban en compañía de su padre, temiendo por la seguridad de éstos, llegando a convertirse en una verdadera obsesión, que le producía un importante estado de ansiedad, según los hechos probados. Con el ánimo de tratar de proteger a los dos menores, accedió a los historiales clínicos de ambos facultativos, ya que la acusada sospechaba que la mujer también tenía adicciones, sin que haya quedado acreditado que hubiera trasladado dicha información a terceros.

La Sala afirma que las omisiones que tienen "más trascendencia" se produjeron en la relevancia e intensidad de la atenuante de obcecación, pues la acusada presentaba "un proceso adaptativo con ánimo bajo y ansiedad, secundario a problemas familiares, que requirió tratamiento con ansiolíticos y antidepresivos e incapacidad laboral. Desde entonces, el trastorno se ha agudizado en varias ocasiones, continuando en la actualidad con tratamiento farmacológico. Su actuación no cabría sino calificarla de obsesiva y propia de una fijación cuasi enfermiza.

El Supremo recuerda que la propia resolución recurrida es la que narra que la acusada actuaba movida por un estado obsesivo que ha terminado afectando a su conducta, desconectándola de los parámetros de la normalidad, funcionando como tal la creencia de la que las adicciones del padre de su nieto y las que también atribuía a su pareja, como explicó en el plenario, iban a suponer un peligro inminente y constante para sus nietos, temiendo por la seguridad de éstos ante comportamientos desajustados que pudieran protagonizar aquéllos.

No hay comentarios: