jueves, 22 de septiembre de 2011

Absolución porque las heridas cicatrizan de manera distinta - DiarioMedico.com

UN JUEZ RECHAZA LA DEMANDA DE UNA PACIENTE QUE RECLAMABA POR UNA CICATRIZ

Absolución porque las heridas cicatrizan de manera distinta

Un juzgado de Madrid desestima la reclamación de una paciente que a la tras una mastopexia le ha quedado una cicatriz vertical. La sentencia admite el razonamiento del perito de que "en un mismo cuerpo todas las heridas no cicatrizan igual". Además, el CI recogía este riesgo.
S.Valle   |  22/09/2011 00:00

Las cicatrices en la cirugía estética son motivo de reclamación, pues el paciente de este tipo de medicina persigue un beneficio estético que en ocasiones queda mermado por los rastros de las intervenciones. Sin embargo, las reclamaciones por este motivo no prosperan en casos donde se prueba que existió un consentimiento informado que recogía la posibilidad de las cicatrices y, además, no se incurre en una mala praxis.

El juzgado de Primera Instancia número 58 de Madrid ha desestimado la reclamación de una paciente que consideraba una negligencia sanitaria la cicatriz vertical que le había quedado en el pecho tras someterse a una mastopexia y un cambio de implantes mamarios de aumento.

En la reclamación, la demandante afirmaba que no había sido informada debidamente y que tampoco se había realizado bien la intervención, pues no tenía que haber quedado la cicatriz. La primera cuestión fue resuelta a favor de la clínica demandada al presentar varios documentos de consentimiento informado firmados por la paciente. En uno de ellos se hacía una referencia clara a que "la mastopexia deja cicatrices permanentes y visibles en las mamas".

Un riesgo asumido
Sobre la segunda cuestión, los peritos presentes en el juicio hicieron una valoración enfrentada. Según el facultativo de la paciente, la mala cicatrización se pudo deber a que se tensaron de manera inadecuada los puntos, basándose en que la paciente también fue intervenida en el muslo y la herida cerró correctamente. Mientras, el perito de la defensa de la clínica señaló que la manera de cicatrizar una herida no se puede prever.

El juez concluyó que la explicación del perito del centro estético le resulta más convincente y reproduce su razonamiento: "El resultado de la cicatrización puede verse alterado por distintos factores, y en un mismo cuerpo todas las heridas no cicatrizan igual".

Esta conclusión final fue precedida de la necesidad de aclarar si la incisión que se hizo en la intervención fue la más adecuada. Es decir, que si en lugar de haber hecho un corte vertical en el seno no hubiera sido más correcto hacerlo alrededor de la aureola, que es la práctica más común, un lugar donde la cicatriz queda más disimulada.

Incisión lateral obligada
En este sentido, el razonamiento de los peritos aclara que la paciente se sometió a una elevación de las mamas, y en este tipo de operaciones estéticas, según el criterio médico que ha convencido al juez, la incisión es lateral, pues de otro modo no se podría elevar el seno.

En definitiva, el juez de instancia admite los razonamientos aportados por el abogado de la clínica estética imputada, Ricardo Ibáñez, y desestima la reclamación de la paciente.
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