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ESPAÑA
INDEMNIZACIÓN DE 133.819 €
Condena por el daño al hacer un prueba diagnóstica con 'material anticuado'
El Juzgado de Instancia número 11 de Barcelona ha condenado a una compañía de asistencia sanitaria privada a pagar 133.819 euros a los familiares de un hombre que murió a los 45 años tras las complicaciones provocadas por la perforación y posterior infección contraída en una prueba gastroscópica en una clínica de Palma de Mallorca.
Europa Press Barcelona - Viernes, 27 de Mayo de 2011 - Actualizado a las 00:00h.
En agosto de 2000 el paciente se sometió a la prueba que le causó la infección, por la que tuvo que ser intervenido en varias ocasiones y que le ha dejado unas secuelas irreversibles. La actuación médica le ha dejado unas secuelas irreversibles. El fallo señala que la clínica utilizó respiradores "anticuados y no eran los más seguros, como tampoco era muy idóneo el tubo endotraqueal".
El juez desestima las alegaciones de la compañía aseguradora de que el responsable del daño debía ser también la clínica donde se practicó la intervención y el Ayuntamiento de Palma de Mallorca al haber sacado a concurso la asistencia sanitaria de sus empleados y, por ello, fue el ente administrativo el que eligió al prestador del servicio.
En esta línea, la sentencia señala que la aseguradora debe asumir el servicio médico dispensado por sus profesionales, por lo que es responsable del daño y recoge así los argumentos del letrado de la asociación El Defensor del Paciente. La aseguradora "no puede ser ajena al resultado de las actuaciones de los facultativos a los que tiene contratados ni de las clínicas con las que tiene concierto de asistencia, porque las cualidades de tales medios materiales y humanos son decisivas para asegurar el buen fin de las asistencias".
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jueves, 26 de mayo de 2011
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