domingo, 18 de noviembre de 2012

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Los programas de diagnóstico precoz de cáncer provocan un incremento de reclamaciones judiciales de pacientes

Madrid (17-19/11/2012) - Redacción

Para Eduardo Asensi, socio de Asjusa Letramed, los protocolos y la programación de las revisiones a veces generan falsas expectativas y "lleva a los pacientes al error de pensar que se podía haber evitado el tumor o la recidiva, cuando lo que realmente se consigue es conocer la enfermedad en un estadio más temprano y con mayores posibilidades de éxito en el tratamiento, pero no anticiparse o evitarlo"



Los programas de diagnóstico precoz del cáncer constituyen un gran avance en la Medicina Oncológica, así como una herramienta fundamental para evitar la evolución de una enfermedad que de otra manera podría terminar en fallecimiento. Sin embargo, frente a estos aspectos positivos, se está detectando un incremento de las reclamaciones judiciales por parte de los pacientes en el ámbito de la Oncología, que los expertos achacan a la existencia de programas para diagnosticar a tiempo un tumor.

Para Eduardo Asensi, socio del despacho especializado en derecho sanitario Asjusa Letramed, la explicación reside en el hecho de que los protocolos y la programación de las revisiones, como en el caso del cáncer de mama, en ocasiones generan falsas expectativas y "lleva a los pacientes al error de pensar que se podía haber evitado el tumor o la recidiva, cuando lo que realmente se consigue es conocer la enfermedad en un estadio más temprano y con mayores posibilidades de éxito en el tratamiento, pero no anticiparse o evitarlo".

Bajo ésta y otras premisas se ha celebrado en Madrid una jornada teórico-práctica, impartida por la división de Formación de Asjusa Letramed a oncólogos, con el fin de que conozcan los principales aspectos legales para desarrollar su actividad diaria, como la responsabilidad legal del profesional, los deberes ético-legales ante el final de la vida del paciente, la importancia de la información que se da al paciente como herramienta legal básica o las implicaciones legales en la investigación clínica, entre otros temas.

En procesos tumorales se estima que hasta un 90 por ciento de las reclamaciones tiene como principal alegación el retraso de diagnóstico aunque, finalmente, las condenas "son excepcionales" gracias a la protocolización de los procesos. Según Íñigo Cid-Luna, asociado de Asjusa Letramed y ponente en esta jornada, "el hecho de que la Oncología disponga en la actualidad de un gran número protocolos que recogen el proceso de atención a un paciente en relación a una enfermedad ampara su praxis ante los tribunales, ya que en la mayor parte de los casos las actuaciones clínicas están justificadas en lo recogido por estos documentos".

Otro de los aspectos legales sobre el que los expertos en Derecho Sanitario han insistido es el relativo a la pérdida de oportunidad, es decir, cuando la actuación del médico priva al paciente de un tratamiento más idóneo. De hecho, y así lo expone Eduardo Asensi, "en la gran mayoría de reclamaciones por procesos tumorales, nos encontramos con daños que no suceden por la acción directa del médico, sino que son consecuencia de errores de diagnóstico u omisiones en el tratamiento que privan al paciente de un cuidado más adecuado. Son supuestos en los que junto a la patología de base, hay una acción u omisión sanitaria, que no causa la enfermedad, pero que disminuye las posibilidades de curación del paciente, sin que se pueda saber con certeza si dichas posibilidades se habrían materializado en caso de prestarse adecuadamente la asistencia médica".

Por su parte, Cid-Luna destaca que los tribunales recurren a la doctrina de la pérdida de oportunidad a la hora de analizar este tipo de reclamaciones, "ya que constituye un elemento esencial para la cuantificación de las posibles indemnizaciones derivadas de dicha responsabilidad". Recuerda, además, que esta doctrina "se aplica habitualmente en nuestros tribunales para casos de error de diagnóstico o diagnóstico tardío, precisamente los dos principales motivos de reclamación en patologías oncológicas".

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