sábado, 20 de diciembre de 2014

La obesidad puede considerarse discapacidad a efectos laborales, según la justicia europea - JANO.es - ELSEVIER

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POLÍTICA SANITARIA

La obesidad puede considerarse discapacidad a efectos laborales, según la justicia europea

JANO.es · 18 diciembre 2014 11:45
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que esta enfermedad impide a quien la padece participar en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que la obesidad puede considerarse una discapacidad a efectos de la directiva comunitaria sobre igualdad de trato en el empleo. Ello supone que los trabajadores obesos pueden invocar la protección contra la discriminación por discapacidad prevista en la legislación comunitaria.

La sentencia se refiere al caso de un ciudadano danés despedido en 2010 tras haber trabajado 15 años para el ayuntamiento de Billund como cuidador infantil en su propia casa. El afectado denunció que su despido se basó en una discriminación ilegal debido a su peso. Durante todo el tiempo que estuvo empleado, nunca llegó a pesar menos de 160 kilos y se le consideraba obeso.

En su fallo, el Tribunal de Justicia resalta, en primer lugar, que "en el empleo y la ocupación, el derecho de la Unión no consagra un principio general de no discriminación por razón de la obesidad en cuanto a tal".

No obstante, la sentencia considera que la obesidad sí puede considerarse una discapacidad a efectos de la directiva sobre igualdad de trato en el empleo cuando acarrea "una limitación, derivada en particular de dolencias físicas, mentales o psíquicas que, al interactuar con diversas barreras", pueda impedir "la participación plena y efectiva de dicha persona en la vida profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores".

"Éste sería el caso, en particular, si la obesidad del trabajador impidiera dicha participación debido a su movilidad reducida o a la concurrencia de patologías que no le permitieran realizar su trabajo o que le acarrearan una dificultad en el ejercicio de su actividad profesional", concluye el fallo.

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