LITIGIOS POR RESPONSABILIDAD MÉDICA
Las tasas judiciales acorralan al médico en la vía penal
Iniciar un proceso en el orden penal es gratis porque está exento de tasa. Los juicios civiles y contenciosos han decrecido de un modo notable.
Diego Carrasco. Madrid | diego.carrasco@diariomedico.com | 01/12/2014 00:00
Datos de los últimos cinco años del TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid)
VISTA:
Se acaban de cumplir dos años desde que el Gobierno aprobó la Ley de Tasas Judiciales que grava el derecho fundamental para reclamar justicia. Es un plazo de tiempo corto para analizar datos estadísticos con suficiente entidad que pongan negro sobre blanco su influencia disuasoria de acudir a pleitear, pero suficiente para extraer algunas conclusiones sobre el impacto que esta ley ha tenido respecto a la litigiosidad por responsabilidad médica o patrimonial de la Administración Sanitaria en los distintos órdenes jurisdiccionales Penal, Civil, Contencioso-administrativo y Social. Expertos consultados por DM han arrojado un poco de claridad a este asunto que preocupa a pacientes y que tiene una especial incidencia en el médico.
Las principales ideas que se pueden extraer, según los expertos, son las siguientes: ha habido un incremento notable de las denuncias y querellas contra el médico en vía penal, lo que supone un amenaza a la carrera profesional del facultativo; las reclamaciones en vía Civil y Contenciosa han disminuido, pues ahora los pacientes se lo piensan más a la hora de presentar una demanda; se interponen menos recursos en instancias superiores por el importe tan alto que tiene el precio de la tasa judicial; tanto en los tribunales superiores de justicia autonómicos como en el Tribunal Supremo se dictan menos sentencias en temas de responsabilidad médica, lo que supone un peligro para la unificación de doctrina; muchas sentencias de juzgados de primera instancia quedan firmes porque no se recurren, lo que hace que se conviertan en pequeños tribunales supremos con las decisiones que adoptan y que, a veces, puede ser contraria a lo establecido tanto por un TSJ como por el Supremo.
De este modo, la vía penal se muestra como ya adelantó este diario, como el cauce más dañino para el médico por el riesgo que tiene de ser condenado a prisión y a inhabilitación.
De este modo, la vía penal se muestra como ya adelantó este diario, como el cauce más dañino para el médico por el riesgo que tiene de ser condenado a prisión y a inhabilitación.
- La denuncia genera en el médico una situación de desgate personal y profesional que le aboca a practicar una medicina defensiva que supone más gasto público
Carlos Sardinero, portavoz de los servicios jurídicos del Defensor del Paciente, señala que "desde hace dos años ha habido un incremento de denuncias en vía penal contra el médico del 70-80 por ciento aproximadamente, con respecto a las denuncias presentadas antes de la entrada en vigor de la ley de tasas (2010/2011)". "Este dato está avalado por los dieciocho despachos de abogados que El Defensor del Paciente tiene distribuidos por todo el territorio nacional", subraya.
La principal razón que se desprende de dicho apunte es que se trata de un orden jurisdiccional en el que el perjudicado no paga tasa alguna por ir a juicio. Lo que significa que el médico está intimidado con la pena de banquillo a la que está sometido.
- El paciente también elude acudir a la vía Contenciosa por la situación de colapso en la que se encuentran los jueces y magistrados administrativos
Juzgados colapsados
Es indudable que esta vía presenta ventajas para el paciente e inconvenientes para el médico. Para Sardinero, "muchas veces se acude a este orden jurisdiccional porque el paciente no tiene dinero para pagarse un pleito civil o contencioso-administrativo. Y el perjudicado por el presunto daño sanitario quiere obtener una reparación por mala praxis".
Es indudable que esta vía presenta ventajas para el paciente e inconvenientes para el médico. Para Sardinero, "muchas veces se acude a este orden jurisdiccional porque el paciente no tiene dinero para pagarse un pleito civil o contencioso-administrativo. Y el perjudicado por el presunto daño sanitario quiere obtener una reparación por mala praxis".
Luis Galán Soldevilla, abogado del Colegio de Médicos de Córdoba, también avala el incremento de denuncias en el ámbito penal, sobre todo cuando se reclaman daños derivados de la asistencia pública sanitaria. Según los datos aportados por este abogado, en los dos últimos años (2013-2014) se aprecia un aumento de asuntos de un 20 por ciento respecto al periodo 2011-2012. A su juicio, "no sólo han influido el pago de las tasas judiciales en la vía Civil o Contenciosa sino también es consecuencia de la lentitud por parte de la Administración para resolver los expedientes administrativos de responsabilidad patrimonial y la situación de colapso por el número de asuntos en la que se encuentran actualmente los juzgados administrativos". Un ejemplo: "En Córdoba los jueces están citando para ir a juicio con una media de entre nueve y doce meses".
- En los juzgados de primera instancia se puede producir un efecto pernicioso al quedar firmes sus fallos y no recurrirlos ante el Supremo o el TSJ para unificar criterios
Con esta premisa, los pacientes se inclinan por acudir a la vía penal porque es más rápida. Ahora bien, "lo penal tiene para el médico efectos muy negativos, sobre todo, el desgaste profesional y psicológico por la presión a la que está sometido", destaca Galán Soldevilla. "La existencia de una denuncia o querella supone para el facultativo una pérdida de confianza y en su entorno laboral genera la práctica de una medicina defensiva, lo que supone un mayor gasto sanitario por la utilización de pruebas complementarias que en otras situaciones podríamos considerar que no son imprescindibles o son innecesarias", subraya.
Inhabilitación
Tanto Sardinero como Galán Solvedilla coinciden en que imputar al médico "le genera una situación muy estresante al estar sometido a declaraciones y prácticas de prueba en las que debe comparecer". Ambos juristas consideran que "es muy duro para un facultativo tener que declarar con un sumario o diligencias previas abiertas por las constantes interrupciones de tu trabajo profesional de tener que asistir al juzgado". Un ejemplo clarificador: "Las diligencias abiertas por un homicidio imprudente con resultado de muerte; hasta que se decreta su archivo pueden transcurrir tranquilamente dos años de duración", explica el abogado del Colegio de Médicos de Córdoba.
Tanto Sardinero como Galán Solvedilla coinciden en que imputar al médico "le genera una situación muy estresante al estar sometido a declaraciones y prácticas de prueba en las que debe comparecer". Ambos juristas consideran que "es muy duro para un facultativo tener que declarar con un sumario o diligencias previas abiertas por las constantes interrupciones de tu trabajo profesional de tener que asistir al juzgado". Un ejemplo clarificador: "Las diligencias abiertas por un homicidio imprudente con resultado de muerte; hasta que se decreta su archivo pueden transcurrir tranquilamente dos años de duración", explica el abogado del Colegio de Médicos de Córdoba.
Conviene no perder de vista que la mayor presión para el médico es la "posible condena a la que se enfrenta y no tanto por el ingreso en prisión sino por la pena de inhabilitación profesional para ejercer, que en un delito de homicidio por imprudencia es de tres años", explican.
Más dificil de probar
No obstante, no todos los abogados consultados en este sondeo coinciden en acudir a lo penal. Rafael Martín Bueno, letrado que colabora con la Asociación de Víctimas Sanitarias, no considera grato llevar a un médico al banquillo, "salvo que el cliente me lo pida expresamente. No soy partidario de utilizar esta vía porque los informes periciales del médico forense suelen ser negativos para los pacientes y obtener una condena es más complicado porque la exigencia de prueba es mayor para demostrar la imprudencia o una omisión del deber de socorro".
Otro de los efectos que ha producido la aplicación de la ley de tasas es el relativo al descenso de recursos en los pleitos del orden Civil, pues hay que pagar 800 euros por apelación y 1.200 euros en casación, aparte de otros gastos variables. En este sentido, "nos podemos encontrar con sentencias de jueces de primera instancia que resuelven un caso de consentimiento informado, por ejemplo, y se apartan de la doctrina instaurada por el Supremo al respecto", detalla Sardinero.
La jurisdicción Civil tiene menos carga mediática para el médico pues suele comparecer su aseguradora. Una estrategia que los abogados están utilizando actualmente, para evitar costes, es "ejercitar la acción directa contra el seguro de responsabilidad civil de la Administración sanitaria".
"Se ha frenado el litigar por litigar y se estudian mejor los asuntos"
Otra de las consencuencias más inmediatas que ha provocado el pago de las tasas judiciales en el ámbito sanitario ha sido "el frenazo que ha supuesto el litigar por litigar contra el médico, la Administración o las compañías de seguros", según comenta a DM el abogado del Defensor del Paciente en Galicia, Cipriano Castreje. Ahora, "se estudian mejor los asuntos, se asesora mejor, se profundiza y se fundamentan mejor las reclamaciones sanitarias. Ello no quiere decir que antes no se hiciese así sino que ahora no podemos arriesgarnos a pleitear sólo con los indicios de que había una presunta negligencia médica", señala. Sin duda alguna, esto supone una ventaja para el profesional sanitario y para la Administración, que han visto reducidas sus reclamaciones por mala praxis. Para este experto, "actualmente se reclama menos, pero se solicitan importes más altos de indemnización". Un criterio que es totalmente compartido por Ramiro Urioste, abogado especialista que defiende al personal sanitario.
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