martes, 20 de diciembre de 2016

Asturias: el TSJ obliga al Sespa a repetir la OPE de Interna - DiarioMedico.com

EXIGE EJECUTAR EL FALLO DEL SUPREMO

Asturias: el TSJ obliga al Sespa a repetir la OPE de Interna

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha emitido un auto en el que obliga al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) a ejecutar una sentencia del Supremo que anuló parcialmente la oferta pública de empleo (OPE) de Medicina Interna de 2011.
Covadonga Díaz. Oviedo   |  20/12/2016 11:52
 
 
El Principado de Asturias deberá repetir parcialmente la oferta pública de empleo celebrada en 2011 en virtud de la cual obtuvieron plaza en propiedad 23 médicos en la especialidad de Medicina Interna, según un auto que acaba de dictar la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y que obliga a ejecutar la sentencia que dictó en el mes de febrero el Tribunal Supremo.
El Alto Tribunal había anulado parcialmente la OPE en dicha especialidad, obligando al Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) a retrotraer el proceso selectivo al momento inmediatamente posterior a la celebración del primer examen y repetir la segunda prueba, procediéndose además a la composición de un nuevo tribunal. Los jueces consideraron probado que parte del contenido del segundo examen había sido filtrado a algunos candidatos, lo que los colocó en situación de ventaja frente al resto.
Por tanto, la sentencia del Supremo declaraba nulo el nombramiento de los 23 médicos que en aquel proceso selectivo obtuvieron plaza en propiedad en la especialidad de medicina interna. No obstante, transcurridos dos meses desde su publicación y al no haber procedido el Principado a la ejecución de la misma, los dos médicos que habían ganado el pleito realizaron una petición formal para que el fallo fuera efectivo.
El Principado, a través de las consejerías de Hacienda y Sector Público y de Sanidad, ha tratado de evitar la ejecución de la sentencia argumentando "imposibilidad material" de hacerlo, "en atención al grave perjuicio que la ejecución de la misma en los términos en ella establecidos acarrearían al interés público, y más en concreto a un derecho fundamental como es el derecho a la salud de las personas", según los argumentos esgrimidos por la Administración. El consejero de Sanidad, Francisco del Busto, explicó en su momento que privar de la plaza en propiedad a los 23 médicos que en su momento la obtuvieron podía colocar a la especialidad en la comunidad en una situación complicada.
La representación procesal de quienes obtuvieron plaza en el proceso selectivo ahora en litigio se opusieron también a la ejecución de la sentencia, cinco años y medio después de su nombramiento como propietarios, al estimar que la ejecución de la misma "resulta contrario a las principios de buena fe, igualdad, seguridad jurídica, confianza legítima y proporcionalidad, entendiendo que en el caso no solo ocasionaría un daño a quien obtuvieran las plazas, sino que afectaría sin lugar a dudas al interés público".
Bien distinta es la valoración de los abogados de los dos médicos que llegaron al Supremo para conseguir la anulación del proceso selectivo, a quienes el TSJA da la razón, y quienes desde el primer momento han considerada clara la sentencia del Alto Tribunal, calificando de "una tomadura de pelo" el intento del Principado de no ejecutar la sentencia, según palabras del abogado Miguel Teijelo, quien junto con Gerardo de la Iglesia, ha llevado el caso en representación de una de las partes afectadas.
Estos abogados habían solicitado al TSJ el inmediato cumplimiento de lo dispuesto por el Supremo y "que la Administración condenada adopte con urgencia las resoluciones que procedan", pidiendo incluso multas coercitivas "a las autoridades y funcionarios incumplidores hasta la completa ejecución del fallo".
El auto del TSJ deja claro que los nombramientos de los 23 médicos están ya anulados por la sentencia y que "nada impide a la Administración mantener a los afectados en sus puestos de trabajo de forma temporal, a través de las distintas fórmulas legales al efecto en tanto no se concluya el proceso selectivo".
Este tribunal considera "inadmisible" tener en cuenta otras circunstancias distintas a las que el propio Tribunal Supremo tuvo en consideración al dictar la sentencia objeto de la presente ejecución. La posibilidad esgrimida por el Sespa de que los 23 afectados renuncien a seguir prestando servicios en la sanidad asturiana en condición de interinos para forzar la no ejecución de la sentencia considera el TSJ que no es "motivo determinante de inejecución por imposibilidad material".

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