sábado, 27 de enero de 2018

España cumple el derecho a la protección de la salud pero falla en acceso sociosanitario - DiarioMedico.com

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SEGÚN EL COMITÉ EUROPEO DE DERECHOS SOCIALES

España cumple el derecho a la protección de la salud pero falla en acceso sociosanitario

El Comité Europeo de Derechos Sociales (Consejo de Europa) dice que España cumple con el derecho a la protección de la salud -tras poner este punto en duda cuando entró en vigor el RDL 16/2012 -, pero que falla en seguridad laboral y asistencia sociosanitaria a personas sin recursos.
José A. Plaza   |  24/01/2018 17:10
 
 

Hemiciclo del Consejo de Europa
Hemiciclo del Consejo de Europa, órgano del que depende el Comité Europeo de Derechos Sociales, autor del informe publicado este jueves sobre el cumplimiento de España de derechos sociales y sanitarios. (Consejo de Europa)
El Comité Europeo de Derechos Sociales, órgano dependiente del Consejo de Europa, ha publicado este jueves sus conclusiones anuales sobre el cumplimiento de la Carta Social Europea por parte de los Estados que han firmado su adhesión al cumplimiento de los derechos de salud, seguridad social y protección social.
A diferencia de lo que dejó caer hace cuatro años el Consejo de Europa, cuando exigió a España que asistiera a los inmigrantes sin papeles al considerar que el RDL 16/2012 podría violar el artículo 11 sobre protección de la salud, en esta ocasión el Comité Europeo de Derechos Sociales muestra su conformidad con la defensa en España de la protección de este derecho.
Hace ahora cuatro años, cuando el RDL 16/2012 llevaba algo más de un año vigente, el Comité Europeo señaló que la norma podría violar el artículo 11 de la Carta Social Europea, y pidió a las autonomías y a los médicos rebelarse contra el decreto, y al Tribunal Constitucional a actuar y fallar según los preceptos de la Carta (es decir, avalando la asistencia universal en contra del RDL). 
  • En 2014 había dicho que el RDL 16/2012 podría violar el derecho a la protección de la salud al excluir a 'sin papeles'
Entonces, no pudo afirmar formalmente que existía esta violación del derecho a la protección de la salud, ya que su informe analizaba el periodo 2008-2011 (antes de que entrara en vigor el decreto), pero sí criticó duramente la norma. Ahora que su informe analiza el periodo 2012-2015, tras la entrada en vigor del RDL 16-2012, admite que España no viola el citado artículo 11.
Al margen del artículo 11, hay cuatro puntos de la Carta que España no cumple, uno de ellos directamente relacionado con el cumplimiento del derecho a asistencial social y médica: a juicio del Comité, España incumple el primer párrafo del artículo 13, que defiende la asistencia sociosanitaria a personas sin recursos.
En concreto, el organismo europeo considera que los ingresos mínimos no son adecuados, criticando cuestiones de residencia y de edad, y que el nivel de asistencia económica para fines sociales no es adecuado a escala individual.
Tampoco cumple otros tres preceptos, en este caso sólo relacionados indirectamente con la sanidad: derecho a disfrutar de condiciones laborales seguras y saludables y derecho a un sistema de seguridad social y a una seguridad social que garantice la movilidad de los ciudadanos entre Estados europeos.

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