domingo, 22 de diciembre de 2019

Emergencia Sanitaria: algunas de las medidas que incluye el proyecto de ley

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Posted: 18 Dec 2019 12:01 PM PST
En este capitulo del proyecto de ley presentado por el gobierno buscan garantizar el acceso a los medicamentos, controlar precios y sumar facultades al Ministerio de Salud, entre otras cosas.

Emergencia SanitariaDesde el nuevo gobierno presentaron el proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que se remitió al Congreso este martes por la mañana. Dentro de todas las consideraciones, declaran la emergencia pública en varios ámbitos, entre ellos, la emergencia sanitaria.

La declaración le suma facultades al Ministerio de Salud, Ginés González García, fomenta la interacción con otras carteras, áreas del gobierno y con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), busca garantizar el acceso a medicamentos, el control y el monitoreo de sus precios, entre sus principales puntos.

"La emergencia sanitaria faculta al Ejecutivo a que él puede delegar en quién quiera, y en este caso lo hace a través de Ginés González García, para que el ministro de Salud actúe en relación a su necesidad y entender y realice las medidas que hagan falta para paliar el estado de necesidad que tiene el ámbito de salud", explica a Con Bienestar el doctor Carlos Di Pietrantonio (M.N. 73621), epidemiólogo y médico especialista en obstetricia y ginecología.

Esto le permite al Ejecutivo, mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU), resolver los temas más urgentes sin la necesidad de consensuar con el Congreso, sí con el Presidente. Elimina todas las trabas burocráticas, según nos cuenta el exdirector del Hospital Nacional Prof. Alejandro Posadas.

“Para poder actuar con prontitud vamos a declarar la emergencia sanitaria. Las argentinas y los argentinos van a volver a tener derecho a un sistema de salud oportuna y de calidad”, había afirmado el presidente, Alberto Fernández, en su primer discurso en el cargo, el 10 de diciembre.

El especialista recuerda que esto el ministro "ya lo vivió", por el decreto 486 del 2002 en donde también declaró la emergencia sanitaria y que "prácticamente son las mismas premisas".

"Porque, primero y en definitiva, el que las va a aplicar es él mismo y segundo, porque en realidad las premisas de qué se debe hacer en una emergencia sanitaria ya están establecidas y son comunes siempre”, indica Di Pietrantonio.

Estas son algunos de los puntos más importantes

- Procurar el suministro de medicamentos esenciales para tratamientos ambulatorios a pacientes en condiciones de alta vulnerabilidad social.

- Garantizar el acceso a medicamentos e insumos esenciales para la prevención y el tratamiento de enfermedades infecciosas y crónicas no trasmisibles y atender al efectivo cumplimiento de la Ley N° 27.491 de control de enfermedades prevenibles por vacunación. 

“¿Qué es esta prevención y tratamiento? Tener todas las vacunas, tener los antibióticos necesarios, pero sobre todo, los tratamientos para enfermedades como el HIV y otra de las patologías que se descuidó muchísimo durante la gestión anterior, la tuberculosis. Porque vos hacés un defectuoso tratamiento del HIV y recrudece la otra patología, vienen muy ligadas”, indica el epidemiólogo.

- Asegurar a los beneficiarios del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados y del Sistema Nacional del Seguro de Salud, el acceso a las prestaciones médicas esenciales.

- Promover la descentralización progresiva hacia las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las funciones, atribuciones y facultades emanadas de la presente ley.

- Conformar y convocar al Consejo Nacional Consultivo de Salud con el propósito de proponer alternativas para indentificar, formular, evaluar y aplicar acciones con el fin de paliar las necesidades básicas. Así como para alcanzar los consensos sectoriales que promuevan la equidad, el acceso y la calidad en la atención de la salud con base en la Estrategia de Atención Primaria de la Salud.

- Acordar un Plan Federal de Salud que promueva la equidad, el acceso y la calidad en la atención de la salud de la población y la integración de los subsistemas, teniendo en consideración los consensos sectoriales.

- Crear una Comisión Interministerial integrada por representantes de los Ministerios de Salud, Economía y Desarrollo Productivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para analizar el impacto de la carga impositiva y tributaria sectorial con el objeto de favorecer el acceso a los bienes y servicios de salud.

- Monitorear precios de medicamentos e insumos del sector salud y de alternativas de importación directa y licencias compulsivas u obligatorias, frente a posibles problemas de disponibilidad o alzas injustificadas o irrazonables que afecten el acceso de la población de manera que puedan poner en riesgo su salud.

- Eximir del pago de derechos de importación y de todo otro impuesto, gravamen, contribución, tasa o arancel aduanero o portuario, de cualquier naturaleza u origen, como así también de la constitución de depósito previo a las vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud.

- Restablecer el objetivo de universalizar el Acceso de Medicamentos Esenciales a través del Programa Nacional “Remediar”, destinado a garantizar la provisión de insumos y medicamentos críticos a través de centros de atención de la salud provinciales o gubernamentales.

“Este viejo programa lo estableció González García a través de medicamentos genéricos. Llegaba a los centros de atención primaria, llámese a las salitas de salud, no al hospital. Estaba destinado a quien iba ahí a atenderse y volvía caminando a la casa, para garantizar la accesibilidad", explica a Con Bienestar el doctor Carlos Di Pietrantonio, también exdirector de la Maternidad Municipal de San Isidro.

- Instruir a la AFIP a que establezca prórrogas y planes especiales de facilidades de pago de los tributos, sus intereses y multas, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria y económica. Quienes pretendan utilizar estos beneficios deberán contar con el certificado de inscripción del Registro Nacional de Prestadores Sanatoriales que emite la Superintendencia de Servicios de Salud.

Fuente: TN

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