colegiación voluntaria
Andalucía acata pero no cumple los fallos del TC sobre colegiación
La Consejería de Sanidad afirma que en estos momentos existe un "vacío legal" y que antes de aplicar las sentencias del Constitucional esperará a la Ley de Servicios Profesionales.
S. Valle | soledad.valle@unidadeditorial.es | 25/03/2013 00:00
El Tribunal Constitucional ha tumbado la colegiación voluntaria en Andalucía con dos sentencias incontestables. La primera anuló parte de la Ley 15/2001 de Acompañamiento de los Presupuestos de 2002 y la segunda, que fue notificada a la Consejería de Andalucía el miércoles pasado, declaró la inconstitucionalidad del artículo 4 de la Ley 10/2003 de los Colegios Profesionales de Andalucía.
La colegiación es una materia reservada al ámbito estatal, de manera que las comunidades autónomas no tienen legitimidad para incluir excepciones a la norma general nacional que recoge la colegiación obligatoria, según razonan las dos sentencias.
Vacío legal
Como ya adelantó diariomedico.com, la Consejería de Sanidad, que encabeza María Jesús Montero, ha respondido a estas resoluciones con un comunicado en el que recoge que "acatará, como no puede ser de otra manera", las sentencias del Constitucional. Pero, dicho esto, continúa apuntando que "considera necesario señalar que..." actualmente existe un "vacío legal", al no darse cumplimiento a Ley estatal 25/2009, que recoge la obligación de transponer la normativa europea sobre colegios profesionales, en un plazo de un año. La Ley de Servicios Profesionales, que recoge ese desarrollo normativo, está todavía en trámite de aprobación, de ahí que la Consejería defina este periodo como "de vacío legal". Y, en conclusión, razona que "sólo cuando se establezca mediante ley estatal las profesiones sometidas a colegiación obligatoria podrá exigir la Administración Pública de Andalucía dicha colegiación para el ejercicio sanitario".
Diario Médico se puso en contacto con la Consejería andaluza para recoger una interpretación clara de ese anuncio pero, en la mañana del viernes, no había nadie disponible para realizar esa valoración, según informaron.
Desde el Consejo Andaluz del Colegio de Médicos, la reacción de Sanidad se calificó como "una justificación falsa", según su presidente Francisco José Martínez Amo, que recordó que la sentencia del TC reconoce la obligación de la colegiación como una garantía de seguridad del paciente.
"El Constitucional es claro al declarar la nulidad de la exención de la colegiación obligatoria", apuntó Martínez Amo, asegurando que están estudiando el comunicado, sin precisar si preparan alguna respuesta.
Disparate jurídico
El razonamiento jurídico en el que se apoya la Administración andaluza para postergar el cumplimiento de la sentencia, también sonó a excusa a los oídos de José Enrique Peña, jefe de la Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos de Málaga.
El abogado tildó el razonamiento legal de "disparate jurídico e interpretación perniciosa de la ley", asegurando que decir que existe un vacío legal en este caso "es tanto como dejar de pagar impuestos excusándose en que el Ministerio de Hacienda prepara una nueva ley".
Peña afirmó que la vigencia de la colegiación obligatoria está recogida en la Constitución, en la Ley de Colegios Profesionales Estatal y en la artículo 1 de la Ley Andaluza de Colegios Profesionales, la Ley 10/2003. Recuerda que de esa ley autonómica, el Constitucional ha anulado el artículo 4, que recoge la colegiación voluntaria para el personal de las Administraciones públicas. "Anulado ese punto, el resto sigue vigente, entonces, ¿donde hay vacío legal?", se pregunta el letrado.
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