SEGÚN UN ESTUDIO DE LA COMPAÑÍA B+SAFE
Sólo cuatro autonomías han regulado los desfibriladores en espacios públicos
Casi siete años después de la norma nacional que reguló el uso de desfibriladores en espacios públicos, sólo País Vasco, Cataluña, Andalucía y Canarias han desarrollado la norma, según un estudio de la compañía B+Safe.
L.G.I. | 25/01/2016 13:07
La compañía B+Safe ha elaborado un estudio en el que muestra que sólo cuatro autonomías (País Vasco, Cataluña, Andalucía y Canarias) han desarrollado la norma nacional que en 2009 sentó las bases para el establecimiento de desfibriladores en espacios públicos y, según sus datos, son precisamente esas autonomías que han desarrollado la normativa las que lideran la presencia de desfibriladores en espacios públicos en España.
Concretamente, en Andalucía se exige que "los desfibriladores estén preparados y situados de tal forma que se pueda actuar en el menor tiempo posible y garantizando altos niveles de calidad y eficacia", se permite que los utilicen "personas que posean la formación inicial de RCP (resucitación cardiopulmonar) y uso del desfibrilador con sus conocimientos debidamente actualizados" y se obliga a su instalación "en poblaciones de más de 50.000 habitantes, estaciones de metro con afluencia diaria de igual o superior a 5.000 personas, instalaciones, centros o complejos deportivos con usuarios diarios igual o superior a 500 personas y establecimientos públicos con aforo igual o superior a 5.000 personas".
- Los requisitos de población y tránsito son diferentes entre las autonomías que los han regulado
En el caso de Cataluña se exige que los desfibriladores "estén en perfecto estado de funcionamiento y mantenimiento, siendo responsabilidad de dueño que esto se cumpla". Antes de su uso debe avisarse al 112 y es necesario disponer de los cursos de RCP y uso del desfibrilador. En cuanto a la obligación de su instalación, en Cataluña está prevista "en grandes superficies comerciales de más de 2.500 metros cuadrados, aeropuertos, puertos comerciales, estaciones de autobuses y ferrocarril de poblaciones de 50.000 habitantes, estaciones de metros con tránsito diario igual o superior a 5.000 personas, instalaciones, centros o complejos deportivos con un volumen diario de usuarios sea igual o superior a 500 personas y establecimientos públicos con un aforo igual o superior a 5.000 personas".
En el caso del País Vasco, la obligación de instalación es para "grandes establecimientos comerciales, individuales y colectivos, las infraestructuras de transporte como aeropuertos y puertos comerciales, estaciones de autobuses o ferrocarril de poblaciones de más de 50.000 habitantes, y estaciones de metro, tren o autobús con una afluencia media diaria igual o superior a 2.000 personas. También están obligados los establecimientos públicos, instalaciones, espectáculos y actividades recreativas con aforo autorizado superior a 700 personas y los centros educativos con aforo igual o superior a 2.000 personas".
Finalmente, en Canarias se exigen en "estaciones e intercambiadores de transporte terrestre en poblaciones de más de 50.000 habitantes, aeropuertos y puertos comerciales , hoteles con más de 1.000 plazas, instalaciones, centros, complejos deportivos públicos de poblaciones de más de 50.000 habitantes y con una afluencia media superior a 1.000 usuario, establecimientos dependientes de las administraciones públicas de poblaciones de más de 50.000 habitantes y con una afluencia media diaria superior a 1.000 usuarios y teatros municipales, auditorios y salas de congresos con aforo superior a 1.000 personas".
En el resto de autonomías, por el contrario, no hay una norma específica sobre la obligatoriedad de su instalación. En este sentido, Nuño Azcona, director general de B+Safe, ha afirmado que "en España está aumentando el interés de las administraciones públicas por impulsar la creación de zonas cardioprotegidas, en especial en lugares que registran gran tránsito de personas. Sin embargo, aún estamos a gran distancia de países como Francia, donde la presencia de desfibriladores es ocho veces superior a la de España". Además, concluye: "Debemos avanzar en el impulso de la legislación en este materia en nuestro país y homogeneizar la que ya existe".
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