jueves, 11 de febrero de 2016

Absolución porque el tratamiento quirúrgico no era "imprescindible" - DiarioMedico.com

Absolución porque el tratamiento quirúrgico no era "imprescindible" - DiarioMedico.com



OBLIGACIÓN DE MEDIOS

Absolución porque el tratamiento quirúrgico no era "imprescindible"

El TSJ de Aragón desestima la reclamación presentada por el hermano de una paciente que falleció de un shock séptico, derivado de una colitis grave. La intervención quirúrgica que reclama el demandante "sólo procedía efectuarla cuando fuera imprescindible", y en este caso no lo era, según recoge el fallo.
Soledad Valle.Madrid   |  11/02/2016 13:16
 
 

La actuación sanitaria responde por los medios empleados, no por el resultado. Esta máxima reiterada en todos los juicios por responsabilidad sanitaria a veces se desvirtúa por un efecto muy humano como es el de juzgar los hechos a partir de los resultados, un vicio, sin justificación jurídica alguna, y denunciado por expertos en Derecho Sanitario.
La Sección Tercera de la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha absuelto a la Diputación General de esta comunidad de la demanda presentada por el hermano de una paciente, que falleció de un shock séptico derivado de una colitis grave.
La reclamación se centraba en el retraso de diagnóstico de la patología de la paciente, un "megacolon tóxico", y en "el tratamiento defectuoso" al que se sometió, pues se alegaba que una intervención quirúrgica a tiempo podría haberle salvado la vida.
  • "No se recoge que a la vista del diagnóstico [...] debería haberse intentado antes la intervención quirúrgica"
Tres informes en sintonía
El TSJ de Aragón revisa los tres informes presentados en el juicio: el de la Inspección Médica, el de la compañía de seguros de la Administración y el de los médicos forenses del Instituto de Medicina Legal de Aragón. Las fuentes citadas avalaban la buena actuación facultativa en el sentido de que se emplearon los medios apropiados.
La valoración forense señala que "el diagnóstico seguro fue enfermedad inflamatoria intestinal (pancolitis) activa de grado III que, debido a un mal curso evolutivo, pese al adecuado y oportuno tratamiento y seguimiento, derivó en un shock séptico que produjo la muerte".
El informe rechaza la existencia de un "megacolon tóxico", como señala la parte demandante, ya que "ninguna de las pruebas realizadas a la paciente durante su ingreso fueron capaces de diagnosticarlo o aportaron datos en tal sentido".
Por otro lado, el tratamiento quirúrgico que reclama la parte demandante tampoco procedía efectuarlo, pues las pruebas que se realizaron a la paciente no lo indicaban. En concreto, la sentencia señala que "el tratamiento quirúrgico de la paciente sólo procedía efectuarlo cuando fuera imprescindible y no se recoge [...] que a la vista del diagnóstico que se efectuó con los datos obtenidos correctamente, debería haberse intentado antes la intervención quirúrgica".
En definitiva, el tribunal rechaza que existiera un retraso de diagnóstico. Las pruebas que se realizaron, aunque la sentencia no entra en detallar cuáles fueron, se dan por buenas, como también se admite que el recurso a la cirugía no procedía ya que no estaba indicado por los datos obtenidos de la paciente.
La exigencia de medios se cumple y el fallecimiento de la paciente no se puede achacar a la falta de intervención médica, si no a un mal curso evolutivo de la patología inicial, recordando así la falibilidad de la actuación médica, a pesar de servirse de todos los medios.
El TSJ de Aragón condena a pagar las costas judiciales a la parte demandante.

No hay comentarios: