JUZGADO PRIMERA INSTANCIA DE BARCELONA
Indemnización por el retraso diagnóstico de una hemorragia cerebral
El Juzgado de Primera Instancia número 36 de Barcelona ha dictado una sentencia donde se indemniza con 64.707,35 euros a la familia de una anciana de 90 años por no detectarle a tiempo una hemorragia cerebral.
Redacción. Barcelona | dmredaccion@diariomedico.com | 05/12/2016 00:00
Margarita Martín, del Grupo Médico-Legal BCN. (DM)
El Juzgado de Primera Instancia número 36 de Barcelona ha dictado una sentencia donde se indemniza con 64.707,35 euros a la familia de una anciana de 90 años que murió en el Hospital de Mataró al no detectarle a tiempo una hemorragia cerebral, según han informado los abogados Grupo Médico-Legal Barcelona.
Tras una primera asistencia en su domicilio el 10 de julio de 2014 cuando el médico de urgencias que le atendió le recetó paracetamol y antibióticos y le diagnosticó dolor cervical e infección de orina, la señora, de 90 años, ingresó en este centro al día siguiente por mal estado general, somnolencia y escasa colaboración.
- “El retraso en diagnóstico no sólo se atribuye al primer día sino también a los siguientes cuando el problema persistía y los facultativos retiraron la vía y aplicaron medidas paliativas".
Tras 48 horas allí sin detectar la afección neurológica que estaba padeciendo, los médicos informan a la familia que la anciana estaba en situación de "últimas horas" porque ya no responde a estímulos verbales ni dolorosos, por lo que se retira el tratamiento y se inician medidas paliativas.
Según se observa en la sentencia, el día 14 de julio, ante la fuerte insistencia de la familia la doctora que la atendía volvió a instaurar la medicación y llevó a cabo las pruebas neurológicas necesarias en los siguientes días, realizándose finalmente el diagnóstico de hemorragia cerebral el día 15. No obstante, y debido a que ya llevaba cinco días de retraso en el diagnóstico, no se pudo realizar tratamiento alguno y la paciente falleció finalmente el 18 del mismo mes.
La magistrada que ha juzgado el caso considera que los síntomas iniciales de aturdimiento presentados -incluido una alteración en sangre sí detectada- debieron conducir inmediatamente a un examen neurológico más profundo y a la práctica de un TAC, que podría haber revelado la existencia de una hemorragia cerebral y, por tanto, de la aplicación de un correcto tratamiento.
En el texto legal se hace referencia a la obligación del personal sanitario de ofrecer al enfermo todos los medios que requiera y de los que se dispongan para curar su dolencia. Asimismo, y según declara la abogada de la familia Margarita Martín, del bufete Grupo Médico-Legal de Barcelona, "se ha constatado que el retraso en el diagnóstico no sólo se atribuye al primer día sino también a los siguientes cuando el problema persistía, mientras que los facultativos retiraron la vía y en su lugar aplicaron medidas paliativas".
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