AUTONOMÍA DEL MENOR
La edad para consentir es un debate más político que sanitario
Dos propuestas aprobadas en el Congreso refuerzan la autonomía del menor de 16 años, invirtiendo así la tendencia que se fijó en 2015. Mientras, el médico está al margen del debate.
Soledad Valle. Madrid | 19/12/2017 09:59
El marco regulador actual deja poco margen de autonomía en el ámbito sanitario al menor que tiene 16 años. (DM)
"No os ciñáis a la edad y trabajar por el interés del menor y todo lo que hagáis razonadamente, como profesionales, estará bien". Esta es la recomendación que Rosa María Henar Hernando, fiscal de la sección de menores de la Audiencia Provincial de Madrid, da a los profesionales sanitarios, en una semana donde el debate sobre la edad para abortar ha vuelto a ocupar el Congreso de los Diputados.
El 13 de diciembre, el grupo de Unidos Podemos presentó una iniciativa en la Comisión de Igualdad del Congreso para que las jóvenes de 16 años y 17 años puedan abortar sin el consentimiento de los padres. El Partido Socialista votó a favor de la propuesta, Ciudadanos se abstuvo y el Partido Popular votó en contra.
- "No os ciñáis a la edad y trabajar por el interés del menor", dice la fiscal
La portavoz de los populares en la citada comisión,María Dolores Álba, resumía así la oposición de su grupo: "Considero absurdo que se exija permiso paterno a una menor de 16 años para quitarse una muela o hacerse un tatuaje, pero no se pida a quienes pasan por un proceso de aborto".
En esta misma línea, el 30 de noviembre, el pleno del Congreso de los Diputados aprobó la toma de consideración de una proposición de ley para que los menores transexuales puedan cambiar su nombre y sexo en el Registro Civil, eliminando el requisito de presentar un informe médico y, en el caso de los que tengan 16 años, sin necesitar el consentimiento paterno que se exige ahora.
Pero, mientras existe esa tendencia a reforzar la autonomía del menor de 16 años -en contra de lo que establece el actual marco regulador y que es producto de la regresión que se produjo en 2015 (ver información adjunta) sigue considerándose una pieza clave para asegurar la protección de la infancia y de la adolescencia.
El 14 de diciembre, la Comisión de Infancia y Adolescencia del Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley (PNL) promovida por el Grupo Popular, en colaboración con la Asociación Española de Pediatría de Atención Primaria (Aepap), para defender el papel de los pediatras de los centros de salud como profesionales sanitarios clave en la detección de posibles situaciones de maltrato contra los menores dentro del ámbito familia. Pero, ¿qué piensan los facultativos que tratan de manera diaria con adolescentes y jóvenes sobre esas propuestas de cambios en la edad de consentir?
- Más allá de la edad del paciente, nosotros hacemos lo que tenemos que hacer", apuntó un pediatra
El último Foro de Derecho Sanitario del Hospital de La Paz, de Madrid, abordó la problemática sanitaria y legal del menor maduro y adolescente, con la siguiente conclusión, apuntada por José Casas Rivero, responsable de la Unidad de Adolescencia del Hospital Universitario La Paz, y jefe de servicio de Pediatría del Hospital Ruber Internacional: "Más allá de la edad del paciente, nosotros hacemos lo que tenemos que hacer y, en nuestro caso, trabajar con el entorno del menor es fundamental para tener éxito".
Carmen Villanueva Suárez, coordinadora del grupo de atención a la patología mental infanto-juvenil del Hospital Universitario Infanta Cristina y del Centro de Salud Mental de Parla, defendió la necesidad de contar con el entorno familiar para tratar a los menores de 18 años:"No podemos hacer responsables a los padres de lo que hacen sus hijos y luego no contar con ellos".
En relación al aborto, después de la última reforma, los profesionales tienen claro que una joven menor de 18 años no puede abortar sin el consentimiento paterno. Pero, ¿se le puede hacer un legrado sin esa autorización? En teoría, no, pero en la práctica, al tratarse de una intervención de urgencia no requeriría esa autorización, según expresaron los expertos asistentes al foro.
Ese interés superior del menor junto a la necesidad de evaluar la madurez del niño, más allá de su edad biológica, son los elementos que utilizan los jueces para modular los bloques de edades (de 12, 14 y 16 años) que, de manera general, fija la legislación para establecer la capacidad de autonomía del menor en cuestiones de salud. Henar Hernando quiso tranquilizar así a los facultativos presentes en el Foro.
Pero no a todos los médicos les afectan estos cambios legales del mismo modo. El abogado Fernando Abellán, asesor de varias sociedades médicas, reconoce que los ginecólogos que tratan a menores sí ven cambiar su práctica dependiendo de cuándo la regulación considera que el menor es maduro.
Violencia familiar
Por otro lado, aseguró que en la Fiscalía cada vez están recibiendo más llamadas de profesionales de la sanidad preguntando qué deben hacer ante la sospecha de que se está cometiendo un delito. Como ejemplos, "más habituales de lo que nos gustaría" -confesó la fiscal-, están la violencia y las violaciones en el seno de la familia. En estos casos, la jurista recordó el deber del médico de redactar un informe con los hallazgos que sostienen la sospecha del delito y lo envíen al juez, que es el que pone en marcha la investigación del caso. Pero, también apostilló que sería conveniente que la Fiscalía de menores recibiera una copia de ese informe porque "nosotros somos los que vamos a preocuparnos por conocer el entorno del menor, si está en situación de riesgo y si además de él hay otros menores en la misma situación". Recordó también la necesidad de dar conocimiento de la situación a los servicios sociales de la zona, para establecer medidas más inmediatas.
Conflictividad conyugal con efectos adversos
Filiberto Chuliá, jefe de la asesoría jurídica del Hospital Universitario de La Paz, del Carlos III y del Hospital de Canto Blanco, en Madrid, coincide con Natalia Hormaechea, asesora jurídica del Hospital Universitario Infanta Cristina, de Madrid, en situar los conflictos conyugales de los padres de los menores en el origen de muchas de las consultas de los profesionales sobre la atención a los hijos.
La duda de estos profesionales está en si tienen que hacer lo que les diga la madre, lo que les diga el padre o lo que les diga el juez. Chuliá recuerda a un documento interno del hospital elaborado para dar respuesta a estas situaciones "habituales". "En primer lugar el médico tiene que observar el interés prioritario del menor y el principio de beneficencia. A partir de ahí, se debe consultar a los padres y si mantienen criterios distintos, en último caso, es el juez quien debe decidir".
Llegado a este punto, la fiscal Rosa María Henar Hernando reconoce que en los casos de custodia compartida la decisión del juez se complica, pues cuando la custodia la tiene uno de los progenitores el criterio dominante es el de ese progenitor y cuando son los dos, pues es más difícil tomar la decisión.
Por otro lado, Natalia Hormaechea recuerda que hay decisiones que no corresponden al médico sino al hospital, como es todo lo relacionado con la entrega de la historia clínica del paciente y los problemas que pueden surgir cuando éste es un menor de 16 años.
La duda de estos profesionales está en si tienen que hacer lo que les diga la madre, lo que les diga el padre o lo que les diga el juez. Chuliá recuerda a un documento interno del hospital elaborado para dar respuesta a estas situaciones "habituales". "En primer lugar el médico tiene que observar el interés prioritario del menor y el principio de beneficencia. A partir de ahí, se debe consultar a los padres y si mantienen criterios distintos, en último caso, es el juez quien debe decidir".
Llegado a este punto, la fiscal Rosa María Henar Hernando reconoce que en los casos de custodia compartida la decisión del juez se complica, pues cuando la custodia la tiene uno de los progenitores el criterio dominante es el de ese progenitor y cuando son los dos, pues es más difícil tomar la decisión.
Por otro lado, Natalia Hormaechea recuerda que hay decisiones que no corresponden al médico sino al hospital, como es todo lo relacionado con la entrega de la historia clínica del paciente y los problemas que pueden surgir cuando éste es un menor de 16 años.
Un antes y un después de 2015
"En 2015 se produjo el mayor retroceso en la autonomía del menor y se optó por una visión más protectora y paternalista frente a la tendencia que se llevaba hasta ese momento de concederle más autonomía". Fernando Abellán, abogado experto en Derecho Sanitario, enmarca así la evolución de un debate que, según reconoce, está muy polarizado en la clase política. Recuerda que en 2015 se llevó a cabo la reforma legislativa que elevó de los 13 a los 16 años la edad para consentir relaciones sexuales. "Antes de ese año, una chica de 15 años podía ir a la consulta para que el médico le indicara un método anticonceptivo. Ahora, el médico no puede hacer nada. También en ese año se elevó hasta los 18 años la edad para que las menores pudieran abortar sin consentimiento de los padres y los menores de 16 dejaron de poder autorizar una intervención sin la tutela de sus padres".
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