miércoles, 8 de febrero de 2012

Castilla y León deberá pagar a Corsan-Corviam más de un millón de euros por la reforma de un centro de salud - DiarioMedico.com

EL INSALUD NO PAGÓ

Castilla y León deberá pagar a Corsan-Corviam más de un millón de euros por la reforma de un centro de salud

Las deudas del Insalud afloran en los presupuestos autonómicos muchas veces de manera inesperada y también sorprendente.
S.V.   |  08/02/2012 00:00

Es muy probable que éste haya sido el caso del millón de euros largo que la Sala Contenciosa del Tribunal Supremo ha condenado a pagar a la Comunidad Autónoma de Castilla y León por las obras de reforma de un centro de salud en Medina del Campo (Valladolid), que encargó el Insalud.

La constructora Corsan-Corviam presentó la reclamación de pago en los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León resolvió que era el Ingesa, órgano heredero del Insalud, el que debía hacer frente a esa deuda, pues las obras del centro de salud finalizaron en abril de 2001 y las competencias en Sanidad no fueron transferidas a Castilla y León hasta enero de 2002.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha revocado el fallo de instancia, admitiendo el recurso de la Administración central y condenando a Castilla y León a pagar la deuda con la constructora.

La sentencia del Supremo llega a esa conclusión aclarando que la finalización del contrato entre la Administración central y Corsan- Corviam no se produjo cuando concluyeron las obras de reforma encargadas, pues "el contrato está vigente en tanto que ambas partes no hayan cumplido sus obligaciones recíprocas". Pero esta prórroga no es infinita, como cabría pensar, en un caso como el presente en el que el pago se ha postergando a lo largo de los años.

El Supremo apunta que aunque la recepción de la obra se produjo en abril de 2001, la presentación de la certificación para la liquidación final de las obras no se produjo hasta agosto de 2003, cuando las competencias eran autonómicas, y es esta fecha la que debe tomarse en consideración.

El Real Decreto 1480/2001 sobre traspaso a la comunidad de Castilla y León de las funciones y servicios del Insalud fija la subrogación en los derechos y obligaciones derivados de los convenios suscritos por el Insalud, así como los contratos de obras [...] vigentes en el momento del traspaso". El Supremo apunta que el contrato cuyo pago se reclama estaba vigente en el momento que Castilla y León asumió las competencias.

"En la fecha del traspaso, el contrato no se encontraba extinguido, pues pendía lo relativo a la aprobación y abono de la liquidación final, por lo que debe considerar que está en tramitación, aplicándose la Ley de 12/1983 del Proceso Autonómico", que adjudica su resolución dentro de las competencias autonómicas.
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