jueves, 9 de febrero de 2012

Madrid, condenada por vulnerar la libertad sindical al imponer la jubilación forzosa en contra de un acuerdo - DiarioMedico.com

NO se anula UN PACTO SINDICAL UNILATERALMENTE

Madrid, condenada por vulnerar la libertad sindical al imponer la jubilación forzosa en contra de un acuerdo

El Tribunal Supremo ha sentenciado que la Comunidad de Madrid vulneró el derecho de libertad sindical en una resolución dictada por el Gobierno regional sobre la jubilación de personal estatutario de la Seguridad Social, en concreto, sobre el procedimiento de la permanencia en el servicio activo hasta los 70 años.
Europa Press. Madrid   |  09/02/2012 00:00

 
El alto tribunal rechaza el recurso de casación presentado por el Gobierno regional a una sentencia del TSJ de Madrid, que entendía que existía vulneración de la negociación colectiva, dando la razón a los sindicatos.Los hechos que se enjuician comenzaron el 27 de noviembre de 2009 cuando se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el acuerdo firmado en la mesa sectorial entre las organizaciones sindicales y la Administración sanitaria madrileña, para la regulación de la prolongación de la jubilación del personal estatutario hasta los 70 años.


Necesidad asistencial
En este acuerdo se establecían los criterios necesarios para que el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) autorizara la prolongación de la jubilación en función de las necesidades de la Administración sanitaria. De todas estas actuaciones, el Sermas debía informar puntualmente a las organizaciones sindicales firmantes del mencionado acuerdo.


En mesa sectorial
Posteriormente el Gobierno regional aprobó una resolución que dejaba sin efecto el acuerdo de la mesa sectorial, y que fue impugnada ante los tribunales por la Federación de Sanidad de CCOO y la Federación de Servicios Públicos de Madrid de UGT Madrid.

El TSJ de Madrid dio la razón a los sindicatos en la sentencia que ahora ha confirmado el Supremo. La Comunidad argumentó en su defensa que su obligación era comunicar a los sindicatos la ejecución del acuerdo, pero no el deber de negociarlo de nuevo. Ante lo que el Tribunal Supremo responde que esa afirmación no contradice la resolución de instancia, que es que "la Administración debía cumplir el Acuerdo de la Mesa Sectorial de 2009, no siendo posible la anulación del pacto de manera unilateral".
Además, el fallo apunta un error de la Administración en la formulación de su recurso de casación.
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