SE SUBROGAN LAS OBLIGACIONES
Murcia paga una deuda del Insalud de 400.000 €
El Supremo condena a Murcia a pagar el centro de salud de Torrepacheco que contrató el Insalud antes de transferir las competencias.
S.Valle | 16/02/2012 00:00
El Tribunal Supremo ha vuelto a fallar a favor del Ingesa (heredero del Insalud) y en contra de las autonomías en una resolución que resuelve el pago de una deuda contraída por la Administración central antes de que se transfirieran las competencias.
La Sala Contenciosa del Tribunal Supremo ha condenado a la Región de Murcia a pagar los más de 40o.000 euros que Joca Ingenierías y Construcciones reclamaba al Insalud por la ejecución de las obras del centro de salud de Torrepacheco (Murcia). El TSJ de Madrid estimó la reclamación de la constructora, pero responsabilizó del pago de la deuda al Insalud. El Ingesa recurrió el fallo al alto tribunal, que le ha dado la razón.
El Supremo señala que, aunque las obras del centro se ejecutaron y entregaron antes de que Murcia tuviera las competencias transferidas, que fue en enero de 2002, la fecha que cuenta en estos casos es el acto de liquidación final del contrato, es decir, el envío de la factura a la Administración, que fue cuando las competencias eran autonómicas.
Esto es así porque, atendiendo a lo que recoge el Real Decreto 1474/2001, sobre traspaso a la Región de Murcia de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, la autonomía "se subrogará en los derechos y obligaciones derivados de los convenios suscritos por el Insalud, así como en los contratos de obras [...] vigentes en el momento del traspaso".
En este sentido, el alto tribunal acude a la Ley 12/1983 del Proceso Autonómico para determinar que el contrato entre la empresa demandante y el Insalud estaba vigente en el momento en que las transferencias fueron asumidas por la Región de Murcia y, por lo tanto, ésta asume las obligaciones contraídas por la Administración central. Así, el Supremo condena a Murcia a pagar a la empresa demandante 389.688 euros, más los intereses, lo que eleva la cifra a más de 400.00 euros.
Nueva jurisprudencia
El Supremo aclara que esta jurisprudencia responde a lo que establecen los reales decretos sobre las transferencias que se produjeron en 2002, como el que afecta a Murcia. Sin embargo, el alto tribunal señala que los reales decretos de traspaso de competencias de una etapa anterior no dejaban en manos de las comunidades las deudas contraídas por el Insalud en los términos expuestos en este caso. La diferencia entre estas normas es un matiz de redacción que lo cambia todo: en los más antiguos se refieren a "obligaciones vencidas" para fijar el momento de subrogación de los contratos entre administraciones y en los de 2002 se refiere a los "contratos vigentes".
Con esta aclaración el alto tribunal advierte un cambio en la jurisprudencia en respuesta a una regulación diferente en los términos de traspaso de competencias en Sanidad. Un pequeño cambio en la redacción de las normas ha inclinado la balanza hacia el lado del Ingesa, vertiendo las deudas del Insalud en unas arcas autonómicas que están para pocas fiestas.
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