represalias por un informe negativo
Año y medio de cárcel por coacción al médico de empresa
Los carteles colgados en un centro de trabajo contra un médico pidiendo su jubilación han supuesto una condena de cárcel para su autor, el marido de una trabajadora a la que se negó el traslado por motivos de salud. El juez dicta que los hechos constituyen delitos y no sólo faltas.
Soledad Valle | 31/07/2012 00:00
El Juzgado de lo Penal número 3 de San Sebastián ha condenado a un trabajador a dieciocho meses de prisión por un delito de coacciones y lesiones psíquicas a un médico del Trabajo de una cooperativa del País Vasco.
Según Alfonso Atela, abogado del Colegio de Médicos de Vizcaya, que representó al facultativo en el proceso, la singularidad del caso está en que los hechos ocurrieron en el ámbito privado y no en la Administración, que suele ser más habitual, y, además, la lesión tiene una consideración judicial de delito y no de falta.
Petición de traslados
Entre las funciones del facultativo demandante están la de elaborar informes para trasladar a un empleado de puesto de trabajo por motivos de salud. Con esa petición llegó una trabajadora hasta su consulta y, después de la pertinente valoración, realizó un informe en contra del cambio que pedía. Como consecuencia de esa negativa, el marido de la trabajadora, empleado en la misma compañía, emprendió una campaña de desprestigio del médico dentro de la empresa colocando carteles en los que pedía su jubilación y cuestionaba con duras palabras su labor. Los carteles no iban firmados, por lo cual hubo un trabajo de investigación policial para dar con el autor.
Una vez identificado, el médico interpuso una denuncia contra él por el delito de coacción y daño psicológico. Entonces, el agresor recurrió la demanda a la Audiencia Provincial de Guipúzcoa por considerar que los hechos no eran constitutivos de delitos sino de faltas, que tienen asociado el pago de multas sin penas de cárcel. La Audiencia dictó un auto en el que desestimó la petición del demandante y resolvió que los hechos que se le imputaban eran de una gravedad susceptible de ser considerados delitos.
Así, en el juicio de lo penal, el Ministerio Fiscal se personó en el caso y solicitó tres años de cárcel para el agresor. Finalmente, la buena disposición del imputado y de su abogado ha hecho reducir los meses de modo que no tenga que ir a la cárcel. La sentencia del juzgado condena por un delito de coacciones a la pena de multa de doce meses con una cuota diaria de cinco euros, y como autor de un delito de lesiones psíquicas, a la pena de seis meses de prisión.
Acciones civiles
Atela señala que con esta sentencia del juzgado penal ha quedado zanjada la responsabilidad penal del autor del delito, pero está en proceso la petición de responsabilidades civiles a la empresa que, según el letrado, en este caso debería haber tenido una actitud más activa para evitar los hechos juzgado. Como consecuencia de ese ataque el médico sufrió un trastorno adaptativo mixto, por el que estuvo en tratamiento.
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