debido a UN CÁNCER DE PRÓSTATA
El Sermas pagará 15.000 € por no administrar a tiempo un tratamiento paliativo
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar una indemnización de 15.000 euros a los hijos de un paciente por el retraso en la aplicación de un tratamiento paliativo para el cáncer de próstata que padecía, informa Europa Press.
Redacción | 27/07/2012 00:00
La Sala de lo Contencioso entiende que se produjo un caso de mala praxis y pérdida de oportunidad por el retraso en la valoración de una gammagrafía ósea y en la administración de radioterapia.
El tumor de próstata le fue diagnosticado en 2003, siendo tratado con bloqueo hormonal durante tres años, además de radioterapia, pero el empeoramiento de su enfermedad le provocó una parálisis en las piernas.
Respecto a la gammagrafía, para el tribunal autonómico ese retraso favoreció la "mala interpretación de la sintomatología" que padecía el enfermo y "constituye una pérdida de oportunidad para el paciente, que hubiera podido ver anticipado un tratamiento paliativo, que hubiera podido retrasar la aparición de síntomas degenerativos".
La sentencia además apunta que la radioterapia local con fines paliativos, aplicada a su debido tiempo, "hubiese disminuido la sintomatología dolorosa y evitado la aparición de parálisis de miembros inferiores y la incontinencia de esfínteres".
El tumor de próstata le fue diagnosticado en 2003, siendo tratado con bloqueo hormonal durante tres años, además de radioterapia, pero el empeoramiento de su enfermedad le provocó una parálisis en las piernas.
- La gammagrafía ósea no fue valorada hasta cinco meses más tarde, lo que favoreció "la mala interpretación de la sintomatología"
Respecto a la gammagrafía, para el tribunal autonómico ese retraso favoreció la "mala interpretación de la sintomatología" que padecía el enfermo y "constituye una pérdida de oportunidad para el paciente, que hubiera podido ver anticipado un tratamiento paliativo, que hubiera podido retrasar la aparición de síntomas degenerativos".
La sentencia además apunta que la radioterapia local con fines paliativos, aplicada a su debido tiempo, "hubiese disminuido la sintomatología dolorosa y evitado la aparición de parálisis de miembros inferiores y la incontinencia de esfínteres".
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