Se confirma la absolución de delito contra salud pública al fabricante de 'Bio-Bac' - DiarioMedico.com
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Se confirma la absolución de delito contra salud pública al fabricante de 'Bio-Bac'
La Audiencia de Madrid ratifica la decisión de un juez Penal que absolvió al fabricante del fármaco 'Bio-Bac' de un delito tipificado contra la salud pública.
Redacción. Madrid | 09/09/2015 18:23
La Audiencia provincial de Madrid ha confirmado, 14 meses después, la sentencia del Juzgado de lo Penal número 18 de Madrid, que absolvió de un delito contra la salud pública a los cuatro imputados por la fabricación y distribución del producto Bio-Bac.
Como informó diariomedico.com, el juzgado madrileño explicó que no puede considerarse probado el delito contra la salud pública porque para que este supuesto se cumpla es "imprescindible" que se ponga en peligro la vida o la salud de las personas. Y el consumo de Bio-Bac era "inocuo". En cambio, el juez Penal sí les condenó por un delito relativo a los consumidores a una pena de cuatro meses y medio de prisión.
De esta manera la Audiencia de Madrid da la razón al recurso interpuesto por uno de los condenados, Rafael Chacón, uno de los responsables de comercializar el producto, presuntamente anticáncer, y por el Ministerio Fiscal. El fallo, dictado por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial es firme y no cabe recurso ante el Tribunal Supremo. Aun así, según informa Europa Press, la defensa de Chacón no descarta que, "tras revisar la sentencia, se pueda interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional y si fuera preciso acudir a las instituciones europeas".
La sentencia de la Audiencia Provincial ratifica la resolución de la sentencia del juzgado de lo Penal que consideró que "no ha quedado acreditado que el producto elaborado causara un peligro para la vida o saludde las personas, al tratarse de un compuesto de proteínas y aminoácidos, habiendo llegado a consumir el producto unas dos mil personas aquejadas de graves enfermedades, sin que generara peligro alguno". Tampoco se acredita que los "acusados incitaran por escrito ni por medio telefónico al abandono por parte de los enfermos de tratamiento convencional que estuvieran recibiendo".
En cuanto al hecho de que en uno de los lotes incautados por la Guardia Civil apareciera un hongo y bacterias perjudiciales para la salud, el juzgado Penal estimó que la cadena de custodia no se respetó de forma escrupulosa, por lo que no puede descartarse que hubiera habido algún tipo de manipulación durante el traslado que contaminara las pruebas. Asimismo, la sentencia descartó que en la comercialización del producto hubiera un delito de estafa.
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