D. Carrasco. Madrid | 26/10/2017 13:23
La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a un médico y a su seguro de responsabilidad profesional por el defectuoso seguimiento postoperatorio en una hernia de hiato. La sentencia explica que esa negligencia propició que no se detectara una peritonitis con perforación de esófago.
El reclamante acudió a la consulta del especialista en Cirugía General. Fue diagnosticado de esófago de Barret, en el contexto de una hernia de hiato. El facultativo aconsejó al paciente que se sometiera a una intervención quirúrgica consistente en una operación antirreflujo laparoscópica, pues mejoraría su calidad de vida y evitaría problemas futuros. Poco tiempo después se llevó a cabo la intervención en una clínica privada. Tras la cirugía, el facultativo se ausentó.
Días más tarde se retiró la sonda nasogástrica y se indicó al paciente alimentación por líquidos y sólidos blandos. Esta situación fue reconocida en el juicio como contraindicada. Ello agravó la situación y fue trasladado a un hospital público, donde tras realizarse una TC se detectó la peritonitis con perforación del esófago un cuadro de sepsis avanzada.
Consta como hecho probado que, tras la segunda intervención, el médico volvió a ausentarse, mientras que el paciente continuaba con síntomas preocupantes como hipotensión arterial, un gran hematoma en extremidades inferiores, edema testicular y anemia severa, ante lo cual se aumentó la analgesia.
La sentencia, que acoge los argumentos de Santiago Díez, abogado que colabora con El Defensor del Paciente, señala que "el médico estaba obligado a realizar un seguimiento riguroso del postoperatorio y estar atento a los síntomas que presentaba el paciente, practicando las pruebas pertinentes a efectos de si habían verificado tales riesgos.
Alta sin verificar la evolución
Sin embargo, añade el fallo, "el demandado extendió un parte de alta del enfermo señalando una evolución favorable, que dejó firmado una vez realizada la operación y sin esperar a verificar cómo evolucionaba la situación del paciente, no realizó de modo personal el seguimiento de la evolución del paciente".
Según el tribunal sólo acudió para realizar una segunda operación, delegando el seguimiento en los médicos del hospital privado. Esto supone otra anomalía, pues es el médico que realiza la operación quien debe realizar tal seguimiento. Y en el caso de estar impedido, debe delegar en un médico especialista. Por tanto, no consta que los médicos, que atendieron al enfermo en el postoperatorio, fuesen especialistas en cirugía y aparato digestivo.
Otro reproche que hace el tribunal burgalés es que no existe documentación precisa de las dos operaciones practicadas, pues no existen los partes de las operaciones, lo que impide determinar con precisión las técnicas médicas que se emplearon.
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