jueves, 15 de febrero de 2018

Condena de 121.800 euros por no tratar un ictus - DiarioMedico.com

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RESOLUCIÓN DEL SAS

Condena de 121.800 euros por no tratar un ictus

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha indemnizado con 121.800 euros la mala praxis derivada del tratatmiento de un ictus. La resolución señala que la asistencia sanitaria no se ajustó a lo que marcan los protocolos.
Diego Carrasco. Madrid   |  08/02/2018 16:24
 
 

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha dictado una resolución en en la que reconoce una grave negligencia médica al no tratar adecuadamente un ictus. El SAS, que acepta los argumentos del despacho Castillo Calvín Abogados, afirma que el cuadro médico omitió la prescripción de un tratamiento, a pesar de que la paciente ingresó con el Código Ictus activado. La indemnización concedida por las graves secuelas asciende a un total de 121.800 euros.
Los hechos se remontan a septiembre de 2012, cuando la joven fue trasladada en ambulancia a Urgencias de un hospital de Málaga. Se encontraba mal, pues tenía pérdida de visión en ambos ojos, hemiplejía del lado derecho y afasia motora y sensitiva.

A pesar de que la UVI móvil, que trasladó a la paciente solicitó la activación del código ictus y alertó al hospital, no fue derivada al centro hospitalario de referencia en la provincia de Málaga para estos casos. De esta manera, en el hospital donde ingresó no fue atendida por un especialista en Neurología y, además, el médico de urgencias no continuó con las medidas establecidas en el protocolo de Código Ictus activado por el Servicio de Urgencias 112.
Es más, el facultativo la dejó sentada en el "área de observación de sillones". Como medicación, únicamente le pautó un ansiolítico-sedante, pese a que, en pacientes con sospecha de procesos cerebrales agudos, no es conveniente administrarse fármacos que puedan deprimir el nivel de conciencia.

Omisión del protocolo

Para el bufete Castillo Calvín Abogados, defensores de la paciente, la activación del código ictus permite mejorar la supervivencia y reducir las posibles secuelas de un accidente cerebro vascular. De ahí que resulte vital una evaluación clínica correcta y una actuación terapéutica con trombolíticos en las primeras horas de instauración de un ictus.

El SAS estima la reclamación patrimonial al señalar que "la asistencia médica dispensada en el hospital no se ajustó por completo a los protocolos existentes para los casos de ictus, como era el suyo, privando a la paciente de la administración de tratamiento fibrinolítico. La falta de aplicación de dicha terapia ha podido influir significativamente, aunque no podemos concretar en qué proporción, en el estado final de la paciente".

En la actualidad la paciente necesita la supervisión constante de las actividades de la vida diaria, precisando ayuda de terceras personas para actividades como cocinar, conducir o tomar su medicación. También presenta como secuela una pérdida de la capacidad de producir o comprender el lenguaje oral.

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