Revés a la ley foral de asistencia sanitaria gratuita de Navarra
El Constitucional declara nula la norma por la que el Gobierno de Uxue Barkos reconoce los derechos a los residente en la Comunidad
N.Garay | 28 - febrero - 2018 3:00 pm
El Gobierno de la Comunidad foral de Navarra, en general, y la consejería de Salud de Fernando Domínguez ha sufrido un duro revés con la decisión del Tribunal Constitucional que ha declarado nula la norma Foral 8/2013, de 25 de febrero.
La Ley, que el alto tribunal ha echado para atrás, reconoce a todas las personas residentes en Navarra el derecho de acceso a la asistencia sanitaria gratuita del sistema público navarro/Osasunbidea. El Constitucional ha tomado la decisión al considerar que la ley foral es “incompatible” con la regulación estatal.
El Tribunal Constitucional ha dado por bueno el recurso de inconstitucional interpuesto por el Gobierno contra la ley foral al observar una “contradicción”, entre la ley navarra y la estatal en el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria gratuita.
Sin embargo, aunque el TC ha tumbado la norma foral y ha dado la razón al Gobierno de Rajoy, la decisión no ha sido tomada por unanimidad. En concreto, de los cuatro magistrados, dos han votado en contra, uno de ellos por estar en desacuerdo con la fundamentación del Ejecutivo español; el segundo ha mostrado su disconformidad por considerar que la decisión invade las competencias de Sanidad transferidas que posibilitan a la Comunidad de Navarra, entre otras cuestiones, la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento.
Para el Alto Tribunal, en el caso de Navarra hay analogías con la polémicas que también se han producido en otras comunidades autónomas como la del País Vasco, Extremadura o Valencia que se concretan, según la sentencia, en que si el SNS establecido para todo el territorio español, “el derecho de acceso a la cartera de prestaciones sanitarias, debe tener el mismo nivel de cobertura subjetiva”.
De este modo, el Constitucional resta autonomía al recalcar que la ley básica estatal cierra toda posibilidad a las normas autonómicas. Y subraya que la norma aprobada por el Gobierno de Navarra, por la cual se extiende la cobertura de Sanidad individual del SNS a todas las personas que acrediten, incluido el empadronamiento, que el domicilio está en Navarra, sin solicitarle tiempo alguno, resulta incompatible por completo con la regulación estatal.
En relación a la disposición adicional única de la norma por la cual se reconoce también el derecho efectivo e inmediato de acceso la complementación de las prestaciones farmacéuticas, el TC determina su inconstitucional y nulidad.
Malestar en el Gobierno de Uxue Barkos
Según añade la resolución del Constitucional – que ha levantado gran malestar en Ejecutivo de Uxue Barkos que estudia medidas para soslayar la decisión-, después de resueltas las impugnaciones del artículo uno y la disposición adicional, las restantes previsiones “no pueden sino considerarse complementarias, por lo que declara nula e inconstitucional la ley foral”.
Una vez resueltas las impugnaciones del artículo único y la disposición adicional, las restantes previsiones, según añade, no pueden sino considerarse complementarias, por lo que no puede sino llegar a la misma conclusión. En consecuencia, declara la inconstitucionalidad y nulidad de la ley Foral.
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