sábado, 8 de septiembre de 2012

"El médico está obligado a informar al paciente aunque no haya necesidad de consentimiento", según Xiol Ríos - DiarioMedico.com

"El médico está obligado a informar al paciente aunque no haya necesidad de consentimiento", según Xiol Ríos - DiarioMedico.com

J. A. Xiol Ríos HABLA DEL DEBER FACULTATIVO

"El médico está obligado a informar al paciente aunque no haya necesidad de consentimiento", según Xiol Ríos

"El deber de información del médico está ligado al respeto a la dignidad humana, que la Constitución reconoce, a pesar de que no la recoja como un derecho fundamental". Así se ha expresado Juan Antonio Xios Ríos, presidente de la Sala de Civil del Tribunal Supremo, que ayer intervino en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), en Santander, dentro del V Encuentro Interautonómico sobre Protección Jurídica del Consumidor.
Santiago Rego. Santander   |  07/09/2012 00:00




El magistrado ha precisado que si bien el deber de información al paciente está estrechamente ligado al consentimiento informado (CI), lo cierto es que "el médico está obligado a informar sobre tratamientos, pruebas y alternativas médicas sin que ello signifique que persiga un consentimiento para una cirugía u otro procedimiento que así lo requiera la actual legislación. Se ha de informar incluso aunque no haya necesidad de consentimiento".


Omisión del CI

Según Xiol Ríos, buena parte de los problemas que surgen proceden de "una información incompleta e incluso omitida, y ello pese a que tanto en la normativa estatal como en las autonómicas se hace siempre referencia, y de manera reiterada a un principio jurídico clave: la dignidad de la persona, que es un elemento emanado de la Constitución, y que implica, en el ámbito sanitario, una nueva relación médico-paciente basada en una mayor transparencia y alejada del paternalismo de las consultas clínicas de antaño".

Juan Antonio Xiol Ríos ha realizado un repaso a la jurisprudencia del Supremo en este sentido, que se remonta al año 1995, y toda ella deja claro que "el deber de informar del médico al paciente es un elemento de la lex artis dentro de la actuación de los profesionales en el sistema sanitario. Es más, la jurisprudencia recuerda al facultativo que el médico no sólo está obligado a aplicar bien las técnicas, sino a informar adecuadamente, y, además, desde la Ley de Autonomía del Paciente a lograr el CI del paciente en determinados casos".

Aspectos económicos
Respecto a si la legislación actual es suficiente, el presidente de la Sala de lo Civil del alto tribunal ha señalado que nada impide a las comunidades autónomas "seguir mejorando con legislación propia la normativa estatal básica. Las comunidades pueden dictar nuevas leyes complementarias que corrijan los errores que haya podido haber, incluso añadiendo requisitos nuevos, pero desde el respeto máximo a la norma estatal.

Por último, el magistrado ha observado que tanto en la legislación nacional como en las autonómicas "en el deber de informar del médico como en el consentimiento informado no sólo hay aspectos sanitarios, sino también elementos jurídicos, éticos y económicos".

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