TRIBUNAL SUPREMO DE CANADÁ
El Supremo de Canadá legaliza el suicidio médicamente asistido
Esta decisión abre la puerta a esta práctica en el caso de adultos con una enfermedad grave y capacidad de consentir.
G.E. Madrid | 09/02/2015 18:47
El Tribunal Supremo de Canadá, presidido por Beverley McLachlin, ha decidido que la prohibición vigente en el país del suicidio médicamente asistido es inconstitucional. Esta decisión abre la puerta a esta práctica en el caso de adultos con una enfermedad grave y capacidad de consentir.
La decisión, adoptada por unanimidad de los nueve magistrados del alto tribunal, considera que el veto impuesto por el Código Penal al auxilio al suicidio priva a quien sufre de una patología grave e incurable del derecho a la vida, la libertad y la seguridad que establece la Constitución. En palabras de la sentencia, la ayuda del médico debe prestarse sólo "a la persona adulta competente que consiente con claridad a poner fin a su vida y sufre una enfermedad grave e incurable que le cause un sufrimiento permanente que sea intolerable para el individuo en esas circunstancias". Dentro de estos parámetros, indican los magistrados, la naturaleza del sufrimiento puede ser tanto física como psicológica y no es preciso que la enfermedad sea terminal.
- La Abogacía del Estado defendió en el juicio el derecho a la vida y la necesidad de proteger a los más vulnerables
La resolución del Supremo se ha producido al analizar el recurso contra el fallo de un tribunal inferior que en 2012 concedió el derecho al suicidio asistido a dos mujeres ya fallecidas. Durante el juicio sus abogados razonaron que prohibir a alguien que ayude a otro a morir viola el derecho a la vida y la libertad, al condenarle a una vida de sufrimiento intolerable. Además, se priva del derecho a la igualdad a las personas discapacitadas, que no puede acabar con su vida por sí mismas. La Abogacía del Estado apeló a la santidad del derecho a la vida y la necesidad de proteger a los más vulnerables.
Punto caliente
El punto más debatido ha sido el consentimiento informado (CI). El Supremo explica: "En la instancia previa se estableció que los médicos evaluaran la competencia y voluntariedad del paciente al adoptar esta decisión y que es posible detectar la coacción, influencia indebida y ambivalencia cuando aparecen en el proceso. Para llegar a esta conclusión, la sentencia de instancia se apoyó en la evidencia disponible sobre la aplicación del CI en otros ámbitos de decisión clínica, incluidas la decisiones en el final de la vida". Y añade: "Es posible para el médico aplicar las normas de CI en el caso de los pacientes que buscan ayuda a morir, teniendo la precaución de asegurar que están informados de su diagnóstico y las diferentes opciones de tratamiento, incluidos los cuidados paliativos".
El punto más debatido ha sido el consentimiento informado (CI). El Supremo explica: "En la instancia previa se estableció que los médicos evaluaran la competencia y voluntariedad del paciente al adoptar esta decisión y que es posible detectar la coacción, influencia indebida y ambivalencia cuando aparecen en el proceso. Para llegar a esta conclusión, la sentencia de instancia se apoyó en la evidencia disponible sobre la aplicación del CI en otros ámbitos de decisión clínica, incluidas la decisiones en el final de la vida". Y añade: "Es posible para el médico aplicar las normas de CI en el caso de los pacientes que buscan ayuda a morir, teniendo la precaución de asegurar que están informados de su diagnóstico y las diferentes opciones de tratamiento, incluidos los cuidados paliativos".
El fallo es independiente de la decisión de Quebec de legalizar esta práctica.
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