lunes, 17 de octubre de 2016

Condena por administrar suero salino en vez de glucosado, causando el óbito - DiarioMedico.com

Condena por administrar suero salino en vez de glucosado, causando el óbito - DiarioMedico.com



LA SENTENCIA RECHAZA ESTAS PETICIONES

Condena por administrar suero salino en vez de glucosado, causando el óbito

Un juzgado Penal de Getafe aprecia imprudencia menos grave en la actitud de dos enfermeros que aplicaron dos envases de 500 ml sin leer las etiquetas del producto terapéutico.
D. Carrasco | diego.carrasco@diariomedico.com   |  17/10/2016 00:00
 
 

El Juzgado Penal número 2 de Getafe (Madrid) ha condenado a dos enfermeros a una pena de 16 meses de multa (a razón de una cuota diaria de 10 euros) por un delito de homicidio por imprudencia menos grave. Los acusados administraron por error suero salino en lugar de glucosado, provocando el fallecimiento de un paciente.
  • El primer suero se colocó sin problemas. Sin embargo, los otros dos se confundieron con suero salino.

Según la querella interpuesta por Rubén Darío, abogado que colabora con la Asociación Víctimas Negligencias Sanitarias (Avinesa), el enfermo ingresó en Urgencias de un hospital madrileño a causa de un agravamiento de su disnea habitual. Uno de los médicos prescribió la perfusión de varios frascos de suero glucosado al 20 por ciento con insulina para rebajar los niveles de potasio en sangre.
El primer suero se colocó sin problemas. Sin embargo, los otros dos se confundieron con suero salino, pese a ser cogidos dentro de la estantería donde estaban colocados los sueros glucosados, y en cuya etiqueta se expresaba con claridad que era suero salino para vía intralesional y que no era apto para inyección intravenosa. Este error fue cometido por dos enfermeros de turnos diferentes. Horas más tarde el paciente sufrió una hemorragia cerebral que provocó su fallecimiento.
Tanto el Fiscal como la acusación particular solicitaron penas de prisión e inhabilitación para el ejercicio de la enfermería por un delito de homicidio imprudente.
La sentencia rechaza estas peticiones, pues aprecia la existencia de una imprudencia menos grave en la acción cometida. El fallo razona que "el riesgo de confundir ambos sueros no era previsible, por lo que disminuye el nivel de exigencia del deber objetivo de cuidado del profesional".

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