SENTENCIA RECURRIBLE
Anulado el nombramiento de la directora de la Agencia Gallega del Conocimiento en Salud
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia declara ilegal que la gerencia de la ACIS se cubra con un contrato laboral de alta dirección. La ejecución de la sentencia, que no es firme, implicaría el cese de Sonia Martínez Arca.
M.Lagoa/Vigo | 24/01/2017 11:14
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha declarado ilegal que la gerencia de la Agencia gallega del Conocimiento en Salud (ACIS) sea ocupada a través de un contrato laboral de alta dirección.
La Sala estima parte del recurso interpuesto por la Confederación Intersindical Galega (CIG) y anula el artículo de los estatutos (Decreto de la Xunta de Galicia 112/2015) que establece la posibilidad de utilizar esta fórmula de contratación para el puesto.
- "la gerencia tiene atribuciones que han de estar reservados a los funcionarios públicos o al personal estatutario"
El TSXG concluye que es contrario a la Ley de Empleo Público de Galicia porque la gerencia implica el ejercicio de autoridad, la intervención directa en la instrucción y resolución de procedimientos administrativos, y la realización de actividades de intervención y tesorería, todas ellas propias y exclusivas del personal estatutario o funcionario.
El alto tribunal gallego limita de esta manera la potestad de la Xunta de Galicia para contratar personal directivo de su confianza externo a la Administración. Además, la ejecución de la sentencia abocaría a la Consejería de Sanidad a cesar a Sonia Martínez Arca, que ha tenido un papel relevante en muchas de las iniciativas de innovación lanzadas en Galicia.
Antes de asumir la gerencia de la ACIS, era la directora general de Innovación y Gestión de la Salud Pública. No obstante, el dictamen no es firme, cabe interponer un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo o ante la Sala correspondiente del TSJG, siempre que se acredite interés casacional.
Funciones del funcionario
En una extensa y razonada sentencia, la Sala repasa las atribuciones de la gerente de la Agencia del Conocimiento en Salud así como el marco normativo. Se refiere al Estatuto Básico de los Empleados Públicos, que prevé que determinadas funciones solo pueden ser encomendadas a los funcionarios públicos. Añade que más completa es la regulación que se incluye en la Ley de Empleo Público de Galicia, "al señalar pormenorizadamente las funciones reservadas a los funcionarios y establecer que corresponde exclusivamente al personal funcionario el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas".
En una extensa y razonada sentencia, la Sala repasa las atribuciones de la gerente de la Agencia del Conocimiento en Salud así como el marco normativo. Se refiere al Estatuto Básico de los Empleados Públicos, que prevé que determinadas funciones solo pueden ser encomendadas a los funcionarios públicos. Añade que más completa es la regulación que se incluye en la Ley de Empleo Público de Galicia, "al señalar pormenorizadamente las funciones reservadas a los funcionarios y establecer que corresponde exclusivamente al personal funcionario el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas".
Son condiciones, considera el Tribunal, que concurren en este caso porque la gerencia tiene atribuciones que han de estar reservados a los funcionarios públicos o al personal estatutario, como la formalización de contratos por delegación de la Consejería, jefatura de personal, propuesta de resolución de recursos administrativos, elevación de informes a la Comisión de Control sobre ejecución de presupuestos, autorización de variaciones por encima de lo presupuestario, etc.
La Sala advierte, además, que la letrada de la Xunta de Galicia, en el informe previo al Decreto, advirtió que en la memoria debería justificarse cumplidamente que las funciones atribuidas no implicaban el ejercicio de potestades administrativas o la salvaguarda de intereses generales, "por lo que esta posible infracción no era desconocida en la tramitación del Decreto".
En su recurso, CIG pretendía que se anulara también la cobertura mediante contratos laborales de alta dirección de otros dos puestos de la ACIS: la Dirección del Área de Gestión del Conocimiento y Talento, y la Dirección del Área de Desarrollo e Innovación Sanitaria.
Sin embargo, el TSJG desestima esta parte de la demanda porque considera que no comprometen el ejercicio de potestades públicas: "Aunque su interés público es máximo al afectar a un servicio tan sensible como la salud, resulta evidente que estamos en presencia de un ámbito donde prima la superespecialización del conocimiento y la investigación que, en principio, parecen desprovistos del ejercicio de potestades administrativas".
Sanidad estudia impugnar la sentencia y CIG pide el cese de la gerente
Mientras la Consejería de Sanidad se ha limitado a señalar que los servicios jurídicos estudian la posibilidad de impugnar la sentencia, la secretaria general de CIG-Saúde, María Xosé Abuín, ha remitido una carta al titular de este departamento, Jesús Vázquez Almuiña, reclamando "el cese inmediato" de Sonia Martínez Arca como gerente de la Agencia del Conocimiento en Salud y su sustitución por otro profesional que tenga la condición de funcionaria o estatutaria del subgrupo A 1. Este sindicato, primero en la mesa sectorial de Galicia, cree que sería una medida "prudente" para evitar la inseguridad jurídica que suscitarían las actuaciones administrativas de la actual gerente por ser susceptibles de impugnación. Argumenta que aunque el fallo no es firme, "la preparación del recursos de casación no impedirá la ejecución provisional de la sentencia recurrida". Como ya informó DM, la Xunta de Galicia creó en 2015 la ACIS y la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, aglutinando diversas estructuras dispersas. En concreto, la Agencia del Conocimiento en Salud concentró los recursos de la Fundación Gallega de Administración Sanitaria (Fegas), la Subdirección General de Investigación, Docencia e Innovación del Servcio Gallego de Salud (Sergas), la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Galicia (Avalia-t), la Dirección General de Innovación y Gestión de Salud Pública de la Consejería de Sanidad.
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