jueves, 19 de enero de 2017

El grupo de expertos que analiza los expedientes disciplinarios en Madrid se renueva - DiarioMedico.com

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APOYAN A LA DEONTOLÓGICA

El grupo de expertos que analiza los expedientes disciplinarios en Madrid se renueva

El Colegio de Médicos de Madrid ha renovado el cuerpo de instructores, un grupo de 24 médicos que dan soporte a la Comisión Deontológica en la investigación de expedientes disciplinarios.
Redacción.Madrid   |  19/01/2017 14:47
 
 

El Colegio de Médicos de Madrid (Icomem) ha renovado el grupo de expertos, que da soporte a la Comisión Deontológica. El llamado cuerpo de instructores está constituido actualmente por 24 médicos colegiados.
Estos profesionales han sido seleccionados teniendo en cuenta lo establecido en los Estatutos del Icomem: "Tener al menos diez años de colegiación y, preferentemente, especiales conocimientos en la materia a instruir". Los miembros de este grupo de expertos no habían sido renovados desde 2010.
"Tras la renovación el pasado mes de noviembre de la Comisión Deontológica, que vela por el buen ejercicio de la profesión frente a nosotros mismos y ante la sociedad, era importante que también se actualizara el listado de instructores que le dan soporte cuando hay un expediente disciplinario", explican Miguel Ángel Sánchez Chillón, presidente del Icomem, y Belén Padilla, vicepresidenta de esta institución. 


Funciones de investigación 
La función de este grupo de experto, que permanecía sin renovar desde 2010, está recogido en el punto 8 del artículo 68 de los Estatutos. En los casos de expedientes disciplinarios, "compete al instructor disponer la aportación de los antecedentes que estime necesarios y ordenar la práctica de cuantas pruebas y actuaciones conduzcan al esclarecimiento de los hechos o a determinar las responsabilidades susceptibles de sanción".
En el punto 10 del mismo artículo se especifica que "terminadas las actuaciones, el instructor [...] formulará propuesta de resolución, en la que fijará con precisión los hechos probados, la denegación motivada de las pruebas -en su caso-, la valoración de aquellos para determinar la falta y la sanción".
Asimismo se especifica, en el punto 11, que "remitidas las actuaciones a la Junta Directiva del Colegio [...] resolverá el expediente, imponiendo o no sanción [...] oyendo previamente a la Asesoría Jurídica del Colegio y a la Comisión Deontológica".

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