PRESCRIPCIÓN ENFERMERA
Las enfermeras catalanas podrán indicar el uso de fármacos sujetos a prescripción
Lo harán en base a un diagnóstico del médico y un plan de medicación, ha anunciado el consejero Toni Comín
E.P. | 30 - Junio - 2017 15:30 h.
Las enfermeras catalanas podrán indicar el uso de fármacos sujetos a prescripción médica dentro de su ámbito de actuación con una formación específica, según el nuevo proyecto de decreto catalán, mientras que será suficiente la formación de grado -y títulos homologados- para prescribir productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica.
Lo ha explicado en rueda de prensa este viernes el conseller de Salud de la Generalitat, Toni Comín, acompañado del director del Servei Català de la Salut (CatSalut), David Elvira, en la que ha presentado el 'Proyecto de Decreto de indicación y uso de medicamentos y productos sanitarios por parte de las enfermeras y enfermeros', que requerirá entre cinco y seis meses para aprobarse.
Dentro de las competencias de la Generalitat, el decreto "blindará con seguridad jurídica una práctica cotidiana" de Enfermería de indicación de medicamentos, tanto autónoma como colaborativa, a la que afectó un real decreto estatal de diciembre de 2015, ha celebrado Comín, que ha recordado que se ha negociado durante 15 meses con los profesionales y el sector.
Las enfermeras podrán prescribir medicamentos sujetos a prescripción pero siempre "previo diagnostico del médico, y previa instauración del tratamiento farmacológico", ha dicho Comín, que ha añadido que la Comisión de práctica asistencial se encargará de determinar los ámbitos y la interacción en las que podrán dispensar estos medicamentos.
Este órgano también acordará estándares de conocimiento y tiempo de experiencia y los requisitos de los protocolos de los equipos asistenciales, mientras que la formación específica podrá ir a cargo de los colegios profesionales y al ser preguntado por quién asumirá los costes Comín ha añadido que irán a cuenta del profesional, como toda formación continuada.
La directora general de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria, Neus Rams, ha puesto como ejemplo de productos sanitarios algunos pañales de incontinencia y materiales para curar heridas -entre los que hay algunos de prescripción médica, y que podrá resolver la enfermera-, mientras que los no sujetos a prescripción son medicamentos que tienen un uso y seguridad muy conocidos, como antitérmicos.
"Muchos productos requieren prescripción médica por una cuestión administrativa, pero quien los usa en realidad son las enfermeras", como ocurre con las sondas y las bolsas para recoger las heces en operados de cáncer de colon.
Alegaciones de los médicos
El Consell de Col·legis de Metges de Catalunya (CCMC) ha mostrado este viernes su oposición al proyecto de Decreto de indicación y uso de medicamentos y productos sanitarios por parte de las enfermeras impulsado por el Govern, y ha anunciado que hará alegaciones "basadas en la prioridad de garantizar la seguridad clínica de los pacientes".
En un comunicado, ha lamentado que la Conselleria de Salud haya presentado un proyecto de decreto que "no refleja" aspectos que consideran fundamentales para garantizar la seguridad clínica de los pacientes y la seguridad de los profesionales, y que han sido puntos básicos en las aportaciones que el CCMC ha hecho al Govern.
El CCMC ha considerado que la indicación por parte de Enfermería de cualquier medicamento, esté o no sujeto a prescripción médica, requiere una "formación básica y también específica debidamente definida y acreditada", condición que, según el consejo, no queda garantizada en el proyecto de decreto presentado este viernes.
En el caso de los medicamentos que no requieren prescripción médica, ha remarcado que aunque sean fármacos publicitados y de libre disposición en el mercado, contienen principios activos y su indicación por parte de un miembro del equipo asistencial "siempre es un acto sanitario que se produce en el marco del trabajo en equipo de un centro sanitario" y que a menudo se dirige a pacientes con comorbilidad y polimedicación.
El consejo de colegios de médicos ha recordado, además, que la indicación de cualquier medicamento tiene que quedar recogida en la historia clínica del paciente.
El CCMC ha reconocido el esfuerzo realizado por Salud para encontrar el exigible consenso profesional, pero ha lamentado que no se haya alcanzado, ya que el texto no recoge "aportaciones imprescindibles" de la profesión médico ni ofrece suficiente concreción en aspectos relacionados con la formación específica, acreditación formal y experiencia para avanzar de forma segura en la indicación de medicamentos por parte de enfermería.
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