sábado, 14 de octubre de 2017

El Gobierno recurre la ley catalana de asociaciones de consumidores de cannabis - DiarioMedico.com

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CONSEJO DE MINISTROS

El Gobierno recurre la ley catalana de asociaciones de consumidores de cannabis

El Consejo de Ministros ha decidido este viernes recurrir la ley catalana que regula las asociaciones de consumidores de cannabis. El Gobierno ya hizo lo mismo con las normas vasca y navarra.
Redacción   |  13/10/2017 16:15
 
 

Soraya Sáenz de Santamaría
Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Gobierno, este viernes en la rueda de prensa posterior al Consejok de Ministros. (Moncloa)
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la interposición de recurso de inconstitucionalidad en relación con la Ley de Cataluña 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis.
A criterio del Ejecutivo, esta Ley "vulnera competencias exclusivas del Estado, en particular, la competencia en materia de legislación penal, las bases y coordinación general de la sanidad, así como la legislación sobre productos farmacéuticos, la seguridad pública y las relaciones internacionales, por afectar a los convenios internacionales suscritos por España".
Por las mismas razones, el Gobierno central ya recurrió hace dos años la ley navarrareguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en la región. También hizo lo propio con un artículo de la Ley de atención integral de adicciones y drogodependencias del País Vasco con la misma finalidad.
Según el acuerdo aprobado este viernes, Cataluña "carece de competencias para la aprobación de una norma con este contenido que no puede ampararse ni en el derecho de asociación, ni en la protección de los consumidores, ni en la protección de la salud".
El Ejecutivo central considera que Catañuña "trata de regular y dar amparo legal a actividades que están tipificadas como delito en el Código Penal. El texto legal ignora totalmente las competencias exclusivas del Estado, así como de la normativa internacional y estatal vigente".
El Gobierno invoca el artículo 161.2 de la Constitución para que el Tribunal Constitucionalsuspenda cautelarmente la aplicación de la norma de Cataluña.

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