viernes, 11 de mayo de 2018

El derecho de lactancia se puede acumular en jornadas completas - DiarioMedico.com

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SENTENCIA DEL SUPREMO

El derecho de lactancia se puede acumular en jornadas completas

El Alto Tribunal ha dictado una resolución en el que reconoce el derecho de acumular en jornadas completas el derecho a la lactancia tras el parto.
Redacción. Madrid   |  11/05/2018 15:42
 
 

TS
Las magistradas del TS que han dictado el fallo. (DM)
La Sala IV de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que existe derecho a la acumulación en jornadas completas del permiso de lactancia. 
La resolución expone que el permiso por lactancia natural es un derecho necesario relativo, que se concreta en poder ausentarse del trabajo una hora, con los incrementos proporcionales en casos de lactancia múltiple.
La negociación colectiva o el pacto individual pueden mejorar este derecho y/o fijar que la hora de ausencia de trabajo pueda ser sustituida por una reducción de jornada en media hora. También puede establecer que el permiso sea acumulado en jornadas completas, al garantizarse también con ello la mejor protección y atención del recién nacido, que es lo que persigue la norma.
En ambos supuestos el Convenio Colectivo puede fijar los términos de estas opciones. En todo caso y por lo que se refiere a la acumulación en jornadas completas, ésta debe calcularse, al menos, sobre la hora de ausencia y no sobre la otra opción -de sustitución por reducción de jornada.
Es la primera sentencia del Supremo dictada por un tribunal formado íntegramente por magistradas.

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