lunes, 3 de septiembre de 2012

El TS dicta la competencia del neurofisiólogo por autonomías - DiarioMedico.com

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en cantabria y en asturias

El TS dicta la competencia del neurofisiólogo por autonomías

Hasta el Supremo ha llegado la petición de los neurofisiólogos clínicos de exclusividad en la realización de determinadas pruebas neurológicas. El alto tribunal ha resuelto a favor de la sociedad científica en los centros de Cantabria por una cuestión de forma, pero no en Asturias.
Soledad Valle   |  03/09/2012 00:00


La Sociedad Española de Neurología (SEN) y la de Neurofisiología Clínica (Senfc) mantienen una guerra abierta por la competencia en la realización de determinadas pruebas neurológicas o neurofisiológicas, que se está resolviendo en los tribunales a cuenta gotas y por autonomías. Los casos, que comenzaron con la solicitud de los neurofisiólogos a los gobiernos autonómicos de que las pruebas neurofisiológicas que se preactican en el sistema público de salud fueran de competencia exclusiva de su especialidad, han llegado al Supremo.

El alto tribunal ha resuelto las peticiones presentadas por la Senfc a los gobiernos de Cantabria y de Asturias llegando a distintas conclusiones. En el caso de Cantabria, el magistrado Santiago Martínez-Vares, ponente de las dos sentencias, ha confirmado la resolución del tribunal autonómico dando la razón a los neurólogos (ver DM del 7-I-2011). El fundamento del fallo radica en una interpretación positiva del silencio administrativo.

Es decir, la sociedad médica presentó su solicitud en la que, según recoge la sentencia, pedía a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria que dispusiera la obligatoriedad de que las pruebas neurofisiológicas que se hagan en los hospitales y centros de esa comunidad se realicen exclusivamente por especialistas con título de Neurofisiología Clínica y el gobierno autonómico no respondió en el plazo legal. Por tanto se aplicó el silencio positivo, según lo recogido en el artículo 43.2 de la Ley 30/1992, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y tanto el TSJ de Cantabria como el Supremo dieron la razón a la Senfc en contra del recurso de la Sociedad Española de Neurología. El Supremo había dictado una resolución idéntica sobre la situación reclamada en la Comunidad de Madrid (ver DM del 3-VI-2011).

Sin embargo, en el caso de Asturias el Gobierno autonómico respondió de manera negativa a la petición de los neurofisiólogos, lo que motivó el recurso en vía contenciosa. El tribunal autonómico del Principado de Asturias dio la razón a la Consejería, que apuntó "la inexistencia de norma alguna que exija un pronunciamiento como el que se interesa".

El fallo del TSJ asturiano, que ha confirmado el Supremo, señala que la normativa a observar la forman las leyes de las dos especialidades y en las que vienen delimitadas sus competencias, sin que quepa ninguna aclaración autonómica en este sentido. Y además indica que en "todos los centros sanitarios [del Sespa] en los que existe la especialidad de Neurofisiología y se realizan pruebas neurofisiológicas existe en la unidad asistencial un neurofisiólogo".

Ángel Luis Guerrero Peral, vocal del área de política estratégica de la Junta directiva de la SEN, ha señalado en declaraciones a Diario Médico que "la discordancia entre las sentencias del Supremo no es tal, ya que siempre que los tribunales y la administración han entrado al fondo de esta cuestión han determinado que las pruebas neurofisiológicas las pueden hacer tanto un neurólogo como un neurofisiólogo. Los únicos fallos favorables a la petición de la Senfc son los que se han quedado en la forma del asunto".

DM se ha puesto en contacto con la Senfc para recoger su opinión, pero al cierre de la edición no había ningún representante disponible para hacer declaraciones. Asturias respondió a la petición de la Senfc que no había ninguna ley que fijara su exclusividad en la realización de las pruebas clínicas

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