jueves, 21 de agosto de 2014

Indemnizan con 10.000 euros por demora en el traslado en ambulancia - DiarioMedico.com

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FALLO DEL TSJ DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

Indemnizan con 10.000 euros por demora en el traslado en ambulancia

Condenan a indemnizar con 10.000 euros al hijo de un paciente fallecido por el retraso en su traslado desde un centro de salud a otro hospitalario.
E. Mezquita. Valencia.   |  21/08/2014 10:46
  
La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha condenado a la Consejería de Sanidad a indemnizar con 10.000 euros al hijo de un paciente fallecido por el retraso en su traslado desde un centro de salud a otro hospitalario. El alto tribunal ha señalado que, al margen de la correcta actuación de los servicios sanitarios en su abordaje, de los hechos se desprende que existió una "pérdida de oportunidad" en la atención por ese retraso, estimando así parcialmente la demanda presentada, que reclamaba 108.000 euros.
Según consta en la sentencia, el fallecido acudió a las 20.30 horas del 11 de diciembre de 2009 a su centro de salud, siendo diagnosticado de bronquitis aguda y asmática, con aumento de la disnea y sudoración profusa. Por ello, fue tratado con "mascarilla de nebulización con 1.5 cc de ventolín para inhalación, ampolla de Atrovent 500 microgramos, ampolla de budesonida de 0.5 mg. junto con 2 cc.de suero fisiológico, que llevaba siendo administrado durante dos días, cada 12 horas, ante una crisis asmática".
Presentando buen estado y saturación de oxígeno en sangre de un 95 por ciento, cuando se le estaba acabando la mascarilla presentó una caída de saturación al 90 por ciento con crepitantes basales pulmonares (advertidos en auscultación), lo que motivó la administración por vía  intramuscular de una ampolla de solu-moderín y una nueva mascarilla con la composición antedicha. Ante esta situación, el médico reclamó a las 20.40 horas una ambulancia al efecto de ser trasladado a un centro hospitalario de la zona. El paciente fue recogido a las 22.19 y llegó a las 22.33, donde fue atendido once minutos después. Finalmente, a las 23.28 falleció por una parada cardiaca con asistolia.
VALORACIÓN
Para el tribunal, "no puede negarse la progresiva gravedad de la situación del paciente, evidenciada ante la sintomatología descrita y tipología asistencial requerida, y con ello la necesidad de aplicar al caso que nos ocupa una mayor premura en su abordaje", señalando que la misma fue impedida por la tardanza en el desplazamiento de la ambulancia. De ello, apunta la sentencia, se deriva una "pérdida de oportunidad". En este sentido, según se deriva del expediente administrativo, la causa inmediata de la defunción (la parada cardiaca) contó con un antecedente concretado en un edema agudo de pulmón ligado a una causa inicial-fundamental (el padecimiento de una neumonía), identificándose el mismo con un periodo aproximado de duración de 12 horas desde su comienzo hasta el momento de la defunción. Todo ello, según el tribunal, señala "la necesidad de su perentorio tratamiento hospitalario".

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