jueves, 18 de diciembre de 2014

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avala patentar células madre procedentes de óvulos - DiarioMedico.com

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MATIZA UNA SENTENCIA DE 2011

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avala patentar células madre procedentes de óvulos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado hoy jueves patentar células madre procedentes de óvulos cuyo desarrollo ha sido estimulado sin fecundación, siempre que no sean aptos para convertirse en un ser humano.
Europa Press. Madrid   |  18/12/2014 13:36
 
 

El fallo del TJUE matiza una sentencia anterior de 2011 del propio Tribunal de Justicia, que prohibió patentar las células madre obtenidas a partir de un embrión humano.
En concreto se refieren al caso de la empresa de biotecnología International Stem Cell Corporation (ISCO), que presentó en Reino Unido dos solicitudes de patente referidas a una tecnología que produce células madre a partir de óvulos activados sin esperma, mediante técnicas químicas y eléctricas.
Londres denegó ambas solicitudes acogiéndose al fallo del Tribunal de Justicia de 2011. Pero la compañía recurrió alegando que las restricciones de patentabilidad que fija este fallo no se aplican a su tecnología puesto que, a falta de ADN paterno, el óvulo activado no es capaz de convertirse en un ser humano.
En sus sentencia de hoy, el Tribunal de Justicia declara que "para poder ser calificado de 'embrión humano', un óvulo humano no fecundado debe tener necesariamente capacidad intrínseca para convertirse en un ser humano". "Por consiguiente, el mero hecho de que un óvulo humano activado mediante partenogénesis inicie un proceso de desarrollo no es suficiente para considerarlo un 'embrión humano'", afirma el fallo.
"En cambio, en el supuesto de que ese óvulo tuviese capacidad intrínseca para convertirse en un ser humano, debería ser tratado del mismo modo que un óvulo humano fecundado, en todos los estadios de su desarrollo", resalta el Tribunal de Justicia.
A este respecto, la sentencia dice que corresponde a la justicia británica comprobar si, a la luz de los conocimientos probados y validados por la ciencia médica internacional, los organismos que son objeto de las solicitudes de registro de ISCO tienen o no capacidad intrínseca para convertirse en seres humanos.

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