lunes, 18 de julio de 2016

Condena por no informar del riesgo de rotura de una prótesis de 'PIP' - DiarioMedico.com

Condena por no informar del riesgo de rotura de una prótesis de 'PIP' - DiarioMedico.com



FALLO FIRME DE UN JUZGADO DE ALICANTE

Condena por no informar del riesgo de rotura de una prótesis de 'PIP'

Un juzgado de Alicante ha condenado a un cirujano por los daños derivados de la falta de consentimiento informado al colocar una prótesis mamaria de la marca PIP. El fallo explica que la paciente no fue avisada del riesgo de rotura y de sus posteriores complicaciones.
Diego Carrasco. Madrid   |  18/07/2016 14:09
 
 

Ignacio Martínez
Ignacio Martínez, abogado que colabora con El Defensor del Paciente. (DM)
El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alicante ha responsabilizado a un cirujano de los daños causados a una paciente por no informarle del riesgo de rotura de una prótesis mamaria de la marca 'PIP' (Poly Implant Prothes) y de sus consecuencias. El fallo, que es firme, deja para un pleito posterior la fijación concreta de la indemnización por los perjuicios sufridos a causa de las dos intervenciones quirúrgicas a las que fue sometida la demandante y condena en costas al facultativo.
Según la demanda presentada por Ignacio Martínez, abogado que colabora con El Defensor del Paciente, en 2005, la paciente acudió a una clínica para someterse a un aumento mamario bilateral. El médico le implantó las prótesis de PIP. Dos años más tarde, comenzó a tener ciertos dolores en ambas mamas y, tras las pruebas oportunas, se detectó que la prótesis derecha estaba rota, pues la reclamante presentaba siliconomas en la axila derecha. Ello supuso dos nuevas intervenciones quirúrgicas.
Una, para cambiar la prótesis rota y, otra, para extirparle los bultos de silicona. 
Colocado el implante nuevo, la paciente volvió a tener molestias, pues se constató otra "fractura intracapsular" de la prótesis y multitud de siliconomas esparcidas por su cuerpo. En 2012, la sanidad pública le retiró ambas prótesis mamarias. La paciente demandó al cirujano por una actuación negligente en la colocación de los implantes, material defectuoso y falta de consentimiento informado (CI).
La sentencia considera que la praxis médica fue ajustada a la lex artis, pues la colocación de lasprótesis mamarias no tuvo influencia alguna en la evolución posterior del producto, según uno de los dictámenes periciales aportados.
Cuestión distinta es la falta de CI, es decir, la paciente no fue informada del riesgo concreto de rotura. Y lo cierto, añade el juez, es que "esa fractura y sus posteriores complicaciones" determinaron a la postre el fracaso de la intervención médica, que se le "ofertó como un remedio fácil y rápido para conseguir una considerable mejora de sus mamas". Por tanto, el conocimiento de ese riesgo concreto "sí se considera esencial" en la información que debió suministrarse a la reclamante.
El fallo considera que no puede aceptarse como causa de justificación el CI firmado en 2009, donde sí está recogido el riesgo de rotura de la prótesis mamaria y la migración de silicona. "Tal CI no convalida el anterior porque el déficit informativo era precedente a la cirugía practicada", concluye la sentencia.
Según el juzgado alicantino, la falta de CI implica una mala praxis médica que no sólo es relevante desde el punto de vista de la imputación sino que es, además, una consecuencia que la ley procura que no ocurra, para permitir que el paciente pueda ejercitar con cabal conocimiento su derecho a la autonomía decisoria más conveniente a sus intereses.

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