jueves, 8 de junio de 2017

Condena por el óbito de un paciente joven al colocarle el tubo endotraqueal - DiarioMedico.com

Condena por el óbito de un paciente joven al colocarle el tubo endotraqueal - DiarioMedico.com



JUZGADO CONTENCIOSO DE TOLEDO

Condena por el óbito de un paciente joven al colocarle el tubo endotraqueal

Un juez imputa al Sescam el fallecimiento de un paciente de 25 años a causa de una encefalopatía anóxica. La sentencia razona que se debió a una mala colocación del tubo endotraqueal.
Diego Carrasco. Madrid   |  08/06/2017 14:48
 
 

Carlos Sardinero
Carlos Sardinero, abogado que colabora con El Defensor del Paciente. (DM)
El Juzgado Contencioso número 3 de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) por mala praxis en la colocación del tubo endotraqueal a un paciente que ingresó en Urgencias de un hospital público. La sentencia explica que "la práctica médica no fue la adecuada y se generó la anoxia que determinó el fallecimiento".
Según se desprende de la demanda, el paciente, de 25 años de edad, acudió al Servicio de Urgencias de un hospital de Toledo porque presentaba malestar general. Ante la sospecha de complicación neurológica el cuadro médico indicó la realización de una TC craneal, bajo sedación.
Los informes periciales, avalados por el magistrado, concluyen que la intubación practicada al enfermo "no fue correcta porque se le perforó el esófago". Esta circunstancia, añaden, tuvo que ocasionar un déficit en la respiración del paciente.
El fallo recrimina a la Inspección Médica que "no puede desconocerse que la causa del fallecimiento fue una encefalopatía anoxica, que está claramente relacionada con la deficiente respiración". De ahí que la incorrecta intubación del paciente para la sedación ocasionó una encefalopatía aguda, que conllevó el cese completo e irreversible de la actividad cerebral hasta el fallecimiento.
La sentencia, que acoge los argumentos Carlos Sardinero, abogado que colabora con el Defensor del Paciente, señala que "no es relevante, a los efectos de la responsabilidad patrimonial, si el daño se produjo por la mala colocación inicial del tubo endotraqueal o por el hecho de que el tubo se moviera con posterioridad". Es más, "lo que genera responsabilidad es el hecho de que la práctica médica no fuera la adecuada y se generase la anoxia que ocasionó el fallecimiento".
El juzgado toledano apunta que existió una pérdida de oportunidad a no haber una alternativa de tratamiento. El fallo condena al Sescam a pagar a los padres una indemnización de 80.000 euros.

No hay comentarios: