Madrid: cada centro sanitario tendrá un órgano asesor para el final de la vida - DiarioMedico.com
PUBLICADO EN EL 'BOCM'
Madrid: cada centro sanitario tendrá un órgano asesor para el final de la vida
La Consejería de Sanidad de Madrid ha publicado este miércoles en el BOCM una orden por la que se regulan las funciones de un órgano colegiado asesor que garantice los derechos de los pacientes en el proceso final de su vida. Deberán incorporarlo todos los centros y hospitales.
D. Carrasco. Madrid | 28/03/2018 16:36
La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha publicado este miércoles en el Boletín de la Comunidad de Madrid (BOCM) la Orden 316/2018, de 6 de marzo, por la que se regulan las funciones del órgano colegiado técnico asesor que garantice los derechos de las personas que se encuentren en el proceso final de su vida.
La ley madrileña obliga a todos los centros sanitarios, hospitales y organizaciones de Atención Primaria, así como a los centros socio-sanitarios en los que así lo determine la Consejería con competencias en materia de sanidad, a que asignen a un órgano colegiado técnico asesor.
La orden no entra a regular, en cambio, la composición y funcionamiento, cuestiones que son competencia del Consejo de Gobierno que habrá de regularlas mediante Decreto.
Al órgano asesor le corresponderá, entre otras funciones, supervisar el grado de cumplimiento de los derechos de las personas en proceso de morir; conocer las quejas, reclamaciones y sugerencias planteadas por los pacientes o por sus familiares sobre las actuaciones de sus profesionales; comprobar el cumplimiento de los deberes de los profesionales sanitarios que atiendan a pacientes en la fase final de la vida; conocer los procedimientos arbitrados por los centros para el acompañamiento y auxilio espiritual a los pacientes y conocer con periodicidad trimestral al menos, el número de instrucciones previas otorgadas en las unidades administrativas.
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