sábado, 23 de mayo de 2015

Absolución penal tras una perforación de útero - DiarioMedico.com

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FALLO A FAVOR DEL GINECÓLOGO

Absolución penal tras una perforación de útero

Un juzgado de Valencia señala que un ginecólogo no cometió imprudencia profesional al no constar deficiencia alguna en la falta de previsión del daño.
Diego Carrasco. Madrid | diego.carrasco@diariomedico.com   |  22/05/2015 00:00
 
 

La jurisdicción Penal es muy exigente con los medios probatorios para imputar a un médico una conducta imprudente, pues no toda actuación profesional que produce un daño en un paciente es objeto de reproche penal. El Juzgado Penal número 3 de Valencia ha absuelto a un ginecólogo pese a existir una perforación de útero durante la histeroscopia practicada.
El fallo considera que la actuación del médico no es objeto de reproche penal porque "no consta deficiencia alguna tanto en la falta de previsión de la perforación" como en la "comprobación diagnóstica" que se realizó en el seguimiento de la enferma.
Y es que la paciente denunció al médico por un presunto delito de imprudencia profesional al practicarle una histeroscopia quirúrgica con el fin de extirparle un pólipo endometrial. Durante la cirugía el acusado le ocasionó una herida en el útero con la posibilidad de perforación en la cavidad peritoneal y consiguiente riesgo de hacer lo propio en algún asa intestinal. Por este motivo, el facultativo suspendió la intervención y dejó a la paciente en observación.
Como no había patología alguna que se evidenciara, el acusado le dio el alta. Sin embargo, ese mismo día la enferma tuvo un dolor muy fuerte en el abdomen que motivó su reingreso. Tras hacerle una TC se detectó una "perforación intestinal", que originó una cirugía de urgencia para prevenir sepsis generalizada. Dicha intervención se realizó mediante laparotomía con lavado y aspirado de toda la cavidad peritoneal.
  • Los peritos declararon en el juicio oral que no consta que las analíticas ni la exploración física antes del alta hospitalaria revelaran la existencia de una perforación
Ante esta situación tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular acusaron al ginecólogo de una falta y delito por imprudencia profesional respectivamente. Es más, la acusación particular solicitó prisión, inhabilitación para ejercer la profesión y una indemnización civil de 68.953 euros, más intereses legales.
El titular del juzgado penal desestima ambas acusaciones porque, según uno de los informes periciales, los hechos declarados probados "carecen de entidad delictiva" en el desarrollo de mala praxis por parte del ginecólogo.
l fallo explica que "no consta que las analíticas ni la exploración física" que se le hizo a la paciente antes del alta hospitalaria "informasen de alguna posible perforación intestinal". Es más, ni siquiera la práctica de una TC hubiera revelado alguna salida de contenido dentro de la cavidad peritoneal. De ahí, que la sentencia considere correcto el criterio del acusado de "esperar la evolución de la herida en el útero", dada la nula significación de las analíticas y la ausencia de dolor abdominal agudo. De hecho, la historia clínica no recoge particulares molestias en el seguimiento de enfermería.
Peritonitis
En este sentido, el fallo, que acepta uno de los razonamientos utilizados en el juicio por Carlos Fornes, abogado del ginecólogo, sostiene que "todos los peritos indicaron la posibilidad de que la TC no revele la existencia de una perforación porque ésta se puede originar más tarde". Ello significa que carece de valor la acusación de que la denunciante sufrió una peritonitis por falta de comprobación de su estado tras la herida sufrida.
El juzgado Penal absuelve, pero deja abierta la puerta para que los demandantes puedan interponer las acciones civiles correspondientes para exigir una indemnización por daños y perjuicios sufridos.

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