RELACIÓN PROFESIONAL
Expertos señalan que el error de diagnóstico no equivale a mala praxis
El abogado Gustavo López Muñoz apeló a la importancia de cerrar acuerdos entre médicos y pacientes como alternativa deseable a la vía judicial.
Redacción. Madrid | 27/05/2015 18:59
"El simple error diagnóstico no es tipificable como infracción penal y no equivale a mala praxis y, por tanto, no debería suponer responsabilidad salvo en casos de impericia o ignorancia inexcusables o falta de utilización de medios diagnósticos obvios". Esta fue una de las principales conclusiones a la que llegaron varios expertos que participaron en la VI Tertulia Médico-Jurídica sobre La responsabilidad de los errores de diagnóstico, que organizó Profesionales de la Medicina y del Derecho (Promede ) y se celebró en la sede madrileña de la Agrupación Mutual Aseguradora (AMA).
El hilo conductor de la tertulia respondió a la ambigüedad que existe actualmente sobre los errores de diagnóstico, que provoca, a juicio de los expertos, sentencias contradictorias. Y es que, a pesar de que el Tribunal Supremo reconoce que la actividad médica supone una obligación de medios y no de resultados, existe cierta ambigüedad en la interpretación. Por tanto, si se han utilizado todos los medios diagnósticos requeridos en función del cuadro clínico presentado por el paciente, la actuación médica debería calificarse de correcta, aunque el diagnóstico haya sido erróneo.
Ricardo de Lorenzo, socio-director del despacho De Lorenzo Abogados, resaltó que "el fracaso del acto médico no equivale a responsabilidad, por lo que no debería valorarse la calidad de la actuación sanitaria por su resultado". De ahí que, como apuntó José Carlos López, magistrado y letrado del gabinete técnico del Tribunal Supremo, "la responsabilidad no puede ser por resultado sino por culpa derivada de ignorancia inexcusable o de inadecuada utilización de medios en el momento en que se desarrolló el acto que se juzga".
Buscar la causa
Otra de las conclusiones alcanzadas por los juristas fue que la vía penal no debería utilizarse, salvo casos excepcionales, para dirimir los litigios por responsabilidad médica, excepto cuando la falta de pericia sea de naturaleza extraordinaria. Los expertos apuntaron que "el error de diagnóstico no debería juzgarse por sus consecuencias, sino por sus causas, resultando inexcusable el analizar los hechos en el momento en el que se produjeron y no una vez conocidos los resultados".
Otra de las conclusiones alcanzadas por los juristas fue que la vía penal no debería utilizarse, salvo casos excepcionales, para dirimir los litigios por responsabilidad médica, excepto cuando la falta de pericia sea de naturaleza extraordinaria. Los expertos apuntaron que "el error de diagnóstico no debería juzgarse por sus consecuencias, sino por sus causas, resultando inexcusable el analizar los hechos en el momento en el que se produjeron y no una vez conocidos los resultados".
El abogado Gustavo López Muñoz apeló a la importancia de los acuerdos como alternativa a la vía judicial.
Probabilidades, no certezas
Los expertos que participaron en la tertulia jurídica de Promede pusieron de manifiesto un problema médico-jurídico que suscita la existencia de un error, y que no es otro que "las dificultades que suscita una historia clínica incompleta". Para los juristas, el riesgo de error siempre estará presente en el proceso diagnóstico por el mero hecho de que "el médico siempre maneja probabilidades y nunca certezas".
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