viernes, 2 de marzo de 2018

Año y medio de prisión para uno de los médicos del Madrid Arena - DiarioMedico.com

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EL SUPREMO CORRIGE A LA AUDIENCIA DE MADRID

Año y medio de prisión para uno de los médicos del Madrid Arena

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha condenado a un año y medio de prisión a uno de los médicos del pabellón Madrid Arena al acusarle de un delito de imprudencia grave con resultado de muerte. El fallo anula la absolución decretada por la Audiencia Provincial de Madrid.
Redacción. Madrid   |  02/03/2018 14:12
 
 

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha publicado este viernes la sentencia que anula la absolución del médico Simón Viñals decretada por la Audiencia Provincial de Madrid. Viñals, era el encargado de atender y de dirigir el servicio médico la noche de los hechos ocurridos en el pabellón Madrid Arena. El fallo le condena a un año y medio de prisión por un delito de imprudencia grave con resultado de muerte, en la modalidad de imprudencia profesional, en relación a la víctima Cristina Arce. También le inhabilita para ejercer la profesión de médico por un periodo de cuatro años. Tendrá que indemnizar a los familiares de Cristina Arce de la Fuente en un total de 340.000 euros.
El Supremo explica que al actuar negligentemente incrementó el riesgo de que la joven, que fue trasladada con vida a la enfermería del recinto, falleciera debido a las graves lesiones que padecía tras el aplastamiento sufrido en el vomitorio.
Los magistrados no comparten el argumento de la sentencia de la Audiencia de Madrid que basó la absolución del facultativo en que "no resultaba acreditado que la asistencia sanitaria que el doctor Viñals hubiera debido prestar, y no prestó, hubiera evitado, con probabilidad rayana en la certeza, el fallecimiento de las jóvenes".
La Sala Penal precisa que Cristina Arce ingresó en el servicio médico y que éste "no llevó a cabo las maniobras más elementales de reanimación", afirmando que se "omitió toda diligencia debida". Añade que es un elemento innegable que incrementó el riesgo para la vida de la joven como consecuencia de tal comportamiento, ya que "llegó viva a su servicio médico, y nada hizo el acusado por reanimarla".

Incrementó el riesgo permitido

Para los magistrados, "lo que no es de recibo es justificar la postura del médico acusado, que desatiende escandalosamente su actuación profesional, nada menos que en un caso de urgencia vital, no poniendo los medios mínimos adecuados para intentar salvar la vida de la paciente". En conclusión, la responsabilidad del médico surge porque "ha incrementado el riesgo permitido, y lo ha hecho al haber actuado negligentemente, y con tal comportamiento ha contribuido al resultado, siéndole reprochada su conducta a través de la teoría de la imputación objetiva".
Por otro lado, la sentencia sí confirma la absolución del doctor Carlos Viñals, hijo del primero, que también formaba parte del equipo médico junto a otras cinco personas más.

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