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ESPAÑA
LOS REGISTROS Y EL MECONIO ACONSEJABAN OPTAR POR LA PRÁCTICA DE CESÁREA
Un juzgado contencioso condena al SAS por la parálisis cerebral sufrida por un bebé tras un parto complicado
El Juzgado Contencioso-administrativo número 4 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) y a su aseguradora a indemnizar con 335.000 euros a unos padres por la pérdida de bienestar fetal que sufrió su hija durante el nacimiento, ocasionándole una parálisis cerebral con tetraparesia severa y epilepsia generalizada.
Europa Press. Sevilla | 30/06/2011 00:00
Según ha indicado la asociación El Defensor del Paciente, los hechos se remontan al 28 de febrero de 2006, cuando la madre ingresa en el hospital público con un diagnóstico de gestación prolongada para su control, valoración y finalización de la gestación.
En principio, se le realizan registros cardiotocográficos de la frecuencia cardiaca fetal, que fueron normales e indicaban buen estado del niño y la ausencia de sufrimiento fetal. Tras varios días de estudios ecográficos, el parto se produce el 3 de marzo y en los últimos registros el feto presenta ya desaceleraciones de la frecuencia cardiaca.
El caso fue tramitado ante el Servicio de Responsabilidad Patrimonial del SAS y sometido al dictamen de la inspección, que había realizado un informe donde imputaba una clara negligencia y mala praxis al servicio de Ginecología del centro, al haber pasado desapercibidos los signos de alarma claros que le arrojaban los registros, el meconio o líquido amniótico manchado oscuro y que la niña traía una doble circular de cordón umbilical, lo que aconsejaba acortar el expulsivo y realizar una cesárea. No obstante, en su lugar se optó por un parto en vía vaginal.
La sentencia reconoce la relación de causalidad, la negligencia médica y la mala praxis en la atención médica dispensada a la gestante.
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jueves, 30 de junio de 2011
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