El Consejo de Ministros aprueba los Reales Decretos de Troncalidad y de regulación del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios
Madrid (26-28/07/2014) - Silvia C. Carpallo
• El Ministerio afirma que la troncalidad no supone un coste añadido, y que este dependerá de si las CC.AA quieren incrementar o no los presupuestos, y que las áreas de capacitación específica supondrán "dar mayor flexibilidad al modelo
• Por otra parte el REPS supone un avance en cuanto a la planificación de recursos, y ya se trabaja en la plataforma digital que lo acogerá, aunque no estará disponible hasta dentro de 18 meses
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ha dado luz verde este viernes, 25 de julio de 2014, al Real Decreto que regula la troncalidad de la formación médica especializada, así como la reespecialización y la capacitación específica; y también, al Real Decreto que regula el Registro de Profesionales Sanitarios. Se trata de dos iniciativas trascendentes en la política sanitaria española, y largamente esperadas.
Para dar más detalles sobre ambos proyectos el director general de Ordenación Profesional, Javier Castrodeza, se reunía con la prensa para manifestar una vez más que la troncalidad "no es un proyecto del Ministerio, sino del propio Sistema Nacional de Salud", y es que no hay que olvidar que la troncalidad ha sido un objetivo de diferentes gobiernos. Así explicaba que tanto el paciente como las necesidades del SNS han cambiado y la estructura formativa debe adaptarse para dar nuevas respuestas, "y el RDL de troncalidad marca esa nueva estructura". Si bien aún quedan 24 meses de trabajo para poder implementar la misma, ya quedan claros los principales cambios. Se crean dos nuevas especialidades, la de Psiquiatría del Niño y Adolescente y la de Genética Clínica, y se modifica la actual especialidad de Farmacia Hospitalaria que pasa a denominarse Farmacia Hospitalaria y de Atención Primaria, ya que como recordaba Castrodeza es importante vincular a la Atención Primaria también a este ámbito. Por otra parte se fusionan los actuales títulos de especialista en Análisis Clínicos y Bioquímica Clínica en un solo título y se crean las áreas de capacitación específica de Enfermedades Infecciosas, Hepatología Avanzada, Neonatología, Urgencias y Emergencias. Como respuesta a aquellas que reclaman ser una especialidad, el representante ministerial explicaba que las áreas de capacitación específica "dan mayor flexibilidad al modelo evitando compartimentos estancos".
En cuanto a otras críticas que han surgido en contra de la troncalidad, Castrodeza recalcaba que "respetamos las opiniones discordantes, que son buenas para reflexionar sobre puntos que no estaban bien analizados y ahora vamos a tener tiempo de trabajar", especificando que en el caso de los estudiantes, tienen previsto reunirse en septiembre con CEEM para aclarar todas las dudas que puedan surgir respecto a este nuevo modelo. Por su parte, José Antonio López Blanco, subdirector general de Ordenación Profesional, como aclaración a algunas de las críticas realizadas por CEEM especificaba que "opiniones puede haber para todo, pero la troncalidad no tiene un coste añadido", aclarando que este sólo existirá si las CC.AA deciden incrementar los presupuestos con este fin, pero que "no cambian estructuras".
Registro Estatal de Profesionales
El otro Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros relacionado con las profesionales sanitarias es el que regula la creación del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, cuyo objetivo es el de mejorar la planificación de los RRHH. Si bien este documento también tuvo sus detractores, desde el Ministerio se asegura que actualmente existe un alto consenso respecto al mismo, que hay un contacto total y regular con las fuentes y que el trabajo respecto al mismo está siendo fluido.
En cuanto a otros asuntos que quedaban por resolver, como era el tema de incluir las inhabilitaciones, Joaquín Rubio Ajenjo, director adjunto de Ordenación Profesional, insistía en que nunca se incluirán sanciones, sólo la información relacionada estrictamente con inhabilitaciones o suspensiones, en garantía a la seguridad del paciente.
Igualmente, el experto explicaba que si bien ya se está trabajando en la plataforma digital que albergará este Registro, el proceso hasta la culminación es largo, de alrededor de 18 meses. Más concretamente, se establece un plazo de 6 meses para la aprobación en el Consejo Interterritorial, otros 9 meses para recibir los datos, un total de 20 ítems de más de un millón de profesionales, y otros 3 meses para ponerlo en marcha.
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