viernes, 20 de febrero de 2015

El PP quiere que agredir a un profesor o a un médico se considere atentado y se castigue con hasta cuatro años de cárcel :: El Médico Interactivo :: El PP quiere que agredir a un profesor o a un médico se considere atentado y se castigue con hasta cuatro años de cárcel

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El PP quiere que agredir a un profesor o a un médico se considere atentado y se castigue con hasta cuatro años de cárcel







Madrid (20/02/2015) - E.P.

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha presentado una enmienda al Proyecto de Ley de reforma del Código Penal en este sentido

El Grupo Parlamentario Popular en el Senado ha presentado una enmienda al Proyecto de Ley de reforma del Código Penal para que los profesores y los médicos sean incluidos como sujetos del delito de atentado contra la autoridad, de modo que la agresión a uno de estos profesionales mientras desempeña sus funciones se enfrente a una condena de entre uno y cuatro años de prisión.
Se trata de una propuesta de modificación del artículo 550 del Código Penal, según el cual "son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas".
El PP añade un párrafo a este precepto para fijar que "en todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas".
En estos casos, el proyecto, aprobado en primera vuelta en el Congreso de los Diputados, prevé que estos atentados serán "castigados con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos".
También recoge que "si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las comunidades autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, se impondrá la pena de prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses".

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