jueves, 30 de julio de 2009
Sanidad flexibiliza los criterios para decidir qué exige receta
Trinidad Jiménez y Bibiana Aído
Diariomedico.com
ESPAÑA
EL MINISTERIO ESTUDIARÁ FÁRMACO A FÁRMACO
Sanidad flexibiliza los criterios para decidir qué exige receta
Sanidad ha derogado una orden de 1985 en la que se detallaban los grupos terapéuticos que precisan receta. El sector cree que tras esta decisión se esconde la voluntad de dar cobertura a la prescripción enfermera y a la libre dispensación de la píldora del día después.
L.G.I. - Jueves, 30 de Julio de 2009 - Actualizado a las 00:00h.
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la derogación oficial de una orden de 1985 en la que se establecía qué grupos terapéuticos son susceptibles de tener fármacos sin receta y qué otros exigirán en cualquier caso receta. El asunto no tendría mayor trascendencia que adecuarse tardíamente a la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos de 2006, que establece que será la Agencia de Medicamentos la encargada de determinar en cada caso qué fármaco es una EFP y qué otro es de prescripción, si no fuera porque coincide en el tiempo con dos polémicas: la libre dispensación a partir de agosto de la llamada píldora del día después y la posible regulación de la prescripción enfermera.
Y son precisamente estas dos cuestiones las que el sector cree que podrían haber motivado la decisión de Sanidad de derogar expresamente la orden de 1985, que, por otra parte, en la práctica cotidiana apenas se aplicaba y se consideraba ya tácitamente derogada.
Fuentes de la industria farmacéutica, que no habían sido previamente consultadas por Sanidad sobre la utilidad de la derogación de la orden, afirman que el objetivo de la derogación es facilitar que algunos grupos de fármacos, como los antiinflamatorios o los antiulcerosos que legalmente precisaban receta, pasen a poder autorizarse como EFP, dando así cabida a su indicación por enfermería, tal y como plantea la reciente regulación andaluza. En esta situación se encontrarían casi un centenar de principios activos que en la orden de 1985 estaban englobados en grupos terapéuticos para los que se exigía receta médica pero que, en la práctica real y con el paso de los años, habían empezado a autorizarse por parte de la Agencia del Medicamento como fármacos sin receta.
Desde el colectivo de enfermeros, que tampoco había sido consultado previamente sobre la derogación de la orden, se apunta que el objetivo de esta medida podría ser también el dar cobertura legal a la libre dispensación sin receta de la llamada píldora del día después, prevista por el Ministerio de Sanidad a partir de agosto. Comoquiera que sea, reconocen que la medida facilitará cualquier regulación sobre prescripción enfermera que pudiera emprenderse en la línea de lo regulado en Andalucía, al no constreñir en un listado concreto los grupos terapéuticos que exigen receta.
Norma desfasada
Sin embargo, desde el Ministerio de Sanidad se niega cualquiera de estas dos motivaciones y se explica que el propósito de la derogación no es otro que "dejar claro que la indicación de si un medicamento debe llevar receta o no se debe hacer siempre de forma individualizada, es decir, medicamento a medicamento y no por grupos terapéuticos".
Desde el sector médico se entiende que la medida es fruto de la disposición adicional duodécima de la Ley de Garantías de los Medicamentos, que detallaba que en el plazo de un año (ya vencido) Sanidad debía "revisar la clasificación de los medicamentos que han de dispensarse con y sin receta para facilitar la labor de los profesionales sanitarios que no pueden prescribir", y que con ello se flexibilizan los criterios de EFP para facilitar la prescripción enfermera.
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