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La defectuosa información para un trasplante se condena
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado al Servicio Gallego de Salud (Sergas) a indemnizar con 20.000 euros a la familia de un paciente, al "no haber sido informado de forma adecuada" de los riesgos que implicaba el trasplante renal al que fue sometido en un hospital.
Europa Press Santiago - Martes, 31 de Mayo de 2011 - Actualizado a las 00:00h.
Según la demanda, al paciente se le omitieron las indicaciones específicas sobre los riesgos del trasplante renal y que se le había sometido a un ensayo clínico sin su consentimiento. La sentencia dictada por el tribunal autonómico afirma que el consentimiento fue defectuoso, aunque entiende que "el paciente sí lo prestó para el ensayo clínico, puesto que horas antes de ser intervenido firmó un consentimiento".
En el trasplante
Por ello, los magistrados del tribunal gallego han desestimado este extremo y han revocado la sentencia del juzgado contencioso de Santiago.
Ambas sentencias coindicen al señalar que no consta que el paciente "fuese informado de los importantes riesgos del trasplante renal, especialmente los de tipo cardiovascular". Con todo, el fallo entiende que al paciente "se le privó de la oportunidad" de decidir, por lo que se indemniza el daño moral y "no se valora el fallecimiento del paciente, sino el daño causado por la falta de información".
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lunes, 30 de mayo de 2011
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