lunes, 16 de marzo de 2015

Condena al Sermas a pagar 1,5 millones de euros por mala praxis y falta de oportunidad

http://www.diariomedico.com/2015/03/12/area-profesional/normativa/condena-sermas-pagar-15-millones-euros-mala-praxis-falta-oportunidad

TRIBUNAL SUPREMO

Condena al Sermas a pagar 1,5 millones de euros por mala praxis y falta de oportunidad

Dos sentencias del Tribunal Supremo condenan al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar a dos pacientes sendas indemnizaciones de 699. 976, 13 euros y 700.000 euros respectivamente por mala praxis sanitaria y pérdida de oportunidad.
D. Carrasco   |  12/03/2015 19:06
 
 
El Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias por las que condena al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar a dos pacientes sendas indemnizaciones de 699. 976, 13 euros y 700.000 euros respectivamente por mala praxis sanitaria y pérdida de oportunidad.
En la primera de ellas, la Sala Contenciosa censura que el hospital público no realizara a una paciente un "nuevo estudio preanestésico donde podría haber obtenido la información precisa de que era alérgica al Nolotil y no haber dado por bueno, sin más, el realizado en enero de 2007, unos meses antes de la operación de reconstrucción mamaria", que se realizó en agosto de ese año. La sentencia explica que la alergia medicamentosa habría sido la causa más probable de la bradicardia y posterior parada cardiaca que se produjeron al finalizar la intervención quirúrgica". Para el Supremo, no sólo se produjo una infracción de la lex artis al no haber hecho un estudio preanestésico antes de la operación practicada en el mes de agosto sino que "la reacción anestésica padecida no fue adecuadamente abordada". El fallo razona que se produjo una parada cardiaca con hipoxia que pasó "inadvertida al personal sanitario" durante el tiempo suficiente para que produjera unas lesiones irreversibles. Según los informes periciales, la paciente tiene las siguientes secuelas: "trastorno cognitivo, tetraparesia de predominio derecho que precisa silla de ruedas para su traslado y la ayuda de una tercera persona para el desempeño de las tareas habituales de la vida diaria".
La segunda sentencia también condena al Sermas a pagar una indemnización de 700.000 euros, más los intereses de demora, a los padres de una niña. También se fina una pensión vitalicia de 400 euros mensuales. El alto tribunal, que confirma el fallo dictado en su día por el TSJ de Madrid, señala que existió "un error de diagnóstico" de los facultativos que atendieron a un bebé que al nacer fue ingresado en la sala de lactantes del centro hospitalario. Dicho error propició que se instaurara un tratamiento insuficiente lo que "condicionó una evolución tórpida". El cuadro resultante que presenta la niña, según el fallo, es "parálisis cerebral espástica, como consecuencia de infartos cerebrales venosos múltiples". Como consecuencia de lo anterior "no puede andar, necesita silla de ruedas, no habla, tiene incontinencia de esfínteres y presenta problemas articulares en caderas", que le han obligado a varias intervenciones quirúrgicas.

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