martes, 21 de julio de 2015

El TEDH se niega a legalizar la eutanasia en el Reino Unido - DiarioMedico.com

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ES UNA POTESTAD DE LOS ESTADOS MIEMBROS

El TEDH se niega a legalizar la eutanasia en el Reino Unido

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha sentenciado su negativa a que en el Reino Unido se legalice la eutanasia al considerar que su regulación es una potestad de los Estados que forman parte del Consejo de Europa.
G. E. Madrid   |  21/07/2015 13:30
 

Regular la eutanasia o, lo que es lo mismo, despenalizar o legalizar esta práctica es una potestad de los Estados miembros del Consejo de Europa. Este es el argumento que ha empleado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para declarar inadmisible el caso Nicklinson and Lamby v. the United Kingdom, avalando así la prohibición que sobre esta práctica sigue vigente en el Reino Unido.
La demanda es, en realidad, la suma de dos casos. El primero se refiere a Tony Nicklinson, hoy fallecido, y que sufría síndrome de enclaustramiento a raíz de un ictus. Dado que quería suicidarse pero no podía hacerlo sin ayuda entabló un proceso en su país, en noviembre de 2001, alegando que la prohibición de la eutanasia y el hecho de que ésta no se considerara una eximente en caso de homicidio -como la legítima defensa- eran incompatibles con el derecho a la vida familiar y a la intimidad del artículo 8 de la Convención de Derechos Humanos. El High Court de Londres denegó su petición, argumentando que la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos nunca ha considerado la eutanasia una eximente y, por otro lado, esa misma doctrina ha protegido el derecho del parlamento de cada país a regular esta materia. A raíz de esta sentencia, Nicklinsonrechazó todo tratamiento -incluida la nutrición e hidratación- y falleció.
El proceso fue seguido por su mujer y por Paul Lamb, afectado de tetraplejia tras un accidente de tráfico, ante el Tribunal de Apelaciones, que confirmó la sentencia de instancia, y ante el Tribunal Supremo, que en junio de 2014 se pronunció también afirmando que una materia tan sensible debe ser resuelta por el Parlamento.
Ahora, en una sentencia dictada bajo la presidencia del magistrado italiano Guido Raimondi, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recuerda que la ley británica de 1961, que prohíbe la eutanasia, ha sido reexaminada en varias ocasiones por el Parlamento británico en los últimos años, y el órgano legislativo ha considerado que los riesgos y la probable incidencia de abusos aconsejan mantener el actual régimen jurídico.
Además, consideran que no ha habido ningún cambio en la situación de hecho desde que el Tribunal de Estrasburgo dictara la sentencia Pretty v. Reino Unido, en la que ya defendió la potestad del Parlamento en este tipo de decisiones al tiempo que pidió que se estuviera atento a la evolución social en este ámbito.

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