miércoles, 9 de marzo de 2016

El TC anula el traspaso de competencias sanitarias de los ayuntamientos a las CCAA - DiarioMedico.com

El TC anula el traspaso de competencias sanitarias de los ayuntamientos a las CCAA - DiarioMedico.com



SENTENCIA DEL CONSTITUCIONAL

El TC anula el traspaso de competencias sanitarias de los ayuntamientos a las CCAA

El Tribunal Constitucional ha anulado varias disposiciones de la Ley de Reforma de la Administración Local, incluidas las que obligaban a las autonomías a asumir las competencias de los ayuntamientos en sanidad y servicios sociales. Es el primero de más de 3.000 recursos planteados.
Laura G. Ibañes   |  08/03/2016 14:19


El Tribunal Constitucional ha dictado su primera sentencia sobre la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, la norma que reformaba la situación, financiación y competencias de los ayuntamientos y que obligaba a éstos a traspasar a las autonomías todas las competencias que todavía ejercían los ayuntamientos en materia de asistencia sanitaria primaria y asistencia social. Y lo ha hecho para decir que son las autonomías quienes deben decidir si permiten ejercer a los ayuntamientos competencias sanitarias y de servicios sociales y no el Gobierno central a través de la citada ley, puesto que las competencias sanitarias y sociales no residen en el Gobierno central sino en las autonomías y éstas pueden delegarlas a los ayuntamientos si así lo prefieren.
La cuestión no es baladí, en tanto el controvertido traspaso de las competencias locales de sanidad se estima que podría generar un sobrecoste para las arcas autonómicas de alrededor de 500 millones de euros y, dado que no estaba previsto que las autonomías recibieran financiación extra para empezar a prestar los servicios sanitarios que están dando algunos ayuntamientos, el temor a que se suprimieran estos servicios en la práctica era evidente. Tanto es así que inicialmente la ley fijaba de plazo el 1 de enero de este año para el traspaso definitivo pero Hacienda publicó in extremis una nota aclaratoria que dejaba la aplicación de esta medida a la espera de un nuevo modelo de financiación autonómica.
  • El traspaso obligado habría supuesto un sobrecoste de 500 millones para las autonomías
Comoquiera que sea, la sentencia del TC es clara. Anula las disposiciones transitorias 1ª, 2ª y 3ª y a la disposición adicional 11ª de la citada ley. En las citadas disposiciones se prohibía a las autonomías atribuir a los ayuntamientos los servicios de asistencia social y atención primaria a la salud como "competencias propias locales" y se establecía el traspaso de estos servicios a las autonomías.
Sin embargo, según detalla el Tribunal Constitucional en su sentencia, "los servicios de asistencia social y atención primaria a la salud son competencias de las comunidades autónomas que el nivel municipal venía prestando porque así lo decidieron (o permitieron) las comunidades autónomas (al amparo de los Estatutos) o el Estado" (en aplicación del art. 149.1.18 CE), "o, simplemente, porque fueron desarrollados de hecho por los Ayuntamientos".
Por ello, el Estado "sólo podrá atribuir competencias locales específicas, o prohibir que éstas se desarrollen en el nivel local, cuando tenga la competencia en la materia o sector de que se trate". Es decir, "en materias de competencia autonómica, sólo las comunidades autónomas pueden atribuir competencias locales o prohibir que el nivel local las desarrolle; sujetándose en todo caso a las exigencias derivadas de la Constitución". En consecuencia, y en la medida en que impiden a las autonomías descentralizar servicios de su competencia, las citadas disposiciones de la ley "han superado el ámbito que la Constitución asigna a una regulación básica sobre atribuciones locales (art. 149.1.18 CE) y, con ello, han invadido las competencias autonómicas de asistencia social y sanidad" recogidas en el Estatuto de Autonomía.
La sentencia, fruto de un recurso planteado por el Parlamento de Extremadura, es la primera de una retahíla de más de 3.000 recursos interpuestos en el Tribunal Constitucional por ayuntamientos, partidos políticos y varias autonomías como Andalucía, Cataluña, Canarias, Asturias y Navarra.

No hay comentarios: